Tengo una tarjeta de crédito, cuyas condiciones dicen lo siguiente sobre la retirada de efectivo:
B. Tasas de Anticipo de Caja
El Titular puede utilizar la Tarjeta para acceder a dinero en efectivo en caso de emergencia desde cajeros automáticos nacionales e internacionales. Se cobrará una comisión por la transacción de transacción y se facturará al Titular en el siguiente extracto. estado de cuenta. ... Todos los anticipos en efectivo también conllevan una carga financiera igual los gastos del crédito renovable (consulte la lista de gastos) desde la fecha de retirada hasta la fecha de pago completo. de gastos) desde la fecha de retirada hasta la fecha de pago completo.
Considere la situación en la que la fecha de extracto de la tarjeta de crédito es el día 10 de cada mes, y la fecha de vencimiento es el día 20 de cada mes. Supongamos que en un mes concreto, el día 5, se gasta una cantidad X1 en una compra en una tienda pagada con la tarjeta, y se retira una cantidad X2 (también el día 5) como efectivo de un cajero automático, utilizando la tarjeta. No hay más transacciones en la tarjeta en el mes del extracto, y el saldo anterior de la tarjeta era cero.
Dados los términos anteriores, ¿cuál sería el importe de la declaración que se generaría el día 10? ¿Cuál sería el importe a pagar el día 20?
Si fuera sólo la compra en tienda, entonces el extracto y el importe a pagar serían ambos X1. Pero dada la cláusula de financiación en efectivo, ¿el importe del extracto pasa a ser:
- X1 + X2
- X1 + X2 + Intereses de X2 calculados del 5 al 10
- X1 + X2 + Intereses sobre X2 calculados del 5 al 20
Si es el último, ¿qué ocurre si pago la totalidad del importe antes del día 20 (digamos el 15)? ¿Se me devuelve el saldo de los intereses del X2?
Todo esto se basa en mi lectura de las condiciones generales de que los anticipos en efectivo devengan intereses a partir de la fecha de retirada, independientemente del momento en que se genere el extracto, es decir, no existe una moratoria de intereses para las retiradas de efectivo.
Gracias.