Recientemente, una empresa de la que poseo algunas acciones emitió un montón de opciones para una parte de su negocio que no cotizaba previamente en bolsa. Esta filial empezará a cotizar en bolsa el año que viene bajo un nuevo símbolo totalmente independiente de la empresa matriz.
Llevo un par de años negociando con valores de forma ocasional, pero nunca antes había experimentado esto (es decir, recibir opciones sobre acciones de una nueva empresa en un "reparto" a los actuales accionistas). El coste de las nuevas acciones que representaban las opciones entraba fácilmente en mi presupuesto, así que, más por curiosidad, decidí ejercer las opciones y comprar las acciones. Llamé a la agencia de valores y les conté lo que quería hacer; no levantaron banderas rojas, lo manejaron como cualquier otra solicitud estándar y supuse que la transacción se completaría sin problemas.
Sin embargo, al día siguiente recibí una llamada de la agencia de valores. Al parecer, la empresa emisora (matriz) exigía una "carta de inversor cualificado" (o algo así) en la que se indicara que la entidad/persona que ejercía las opciones sobre acciones tenía activos por un total de al menos 100 millones de dólares o más. En otras palabras, las opciones no podían ser utilizadas por un "centenario" como yo, salvo para venderlas en el mercado de opciones (lo que me costaría varias veces más en gastos de transacción que el valor total de las opciones). Al fin y al cabo, las opciones no eran un "derecho de compra", sino que carecían esencialmente de valor.
Tal vez sea un signo de mi propia inexperiencia, pero el requisito de tener activos de respaldo masivos sólo para ejercer las opciones de compra de acciones me desagrada. Puedo entender que la empresa matriz no quiera ocuparse de millones (literalmente) de transacciones de poca monta como la mía, pero ¿no es la opción un documento legal? Siempre he pensado que una opción sobre acciones es un contrato legal que dice: "Esto da derecho al portador a comprar 1 acción de XYZ antes del {Fecha} a {Precio}" (independientemente de la identidad del portador, cualquiera que proporcione un contrato, es decir, una opción junto con el valor en efectivo indicado, se irá con 1 acción a cambio, y punto).
¿Es habitual que las empresas pongan requisitos similares a los valores emitidos? (¿O lo que estoy describiendo es tan turbio como me parece?)