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¿Puedo amortizar un coche que me han regalado?

Si mis padres me regalan un vehículo, ¿puedo amortizarlo a efectos fiscales?

Sección 1015(a). Esta sección establece, en su parte pertinente, que para los bienes adquiridos por donación, "la base será la misma que estaría en manos del donante... excepto que si dicha base es mayor que el valor justo de mercado de los bienes en el momento de la donación, entonces a los efectos de determinar la pérdida la base será dicho valor justo de mercado." fuente

Eso parece indicar que, efectivamente, puedes amortizar un vehículo que te han regalado?

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Stephen Darlington Puntos 33587

Eso parece indicar que, de hecho, se puede depreciar un vehículo que se le regala a usted?

Sección 1015 trata del cálculo de la base de los bienes donados, no dice nada sobre la depreciación.

Los bienes personales no pueden amortizarse a efectos fiscales a menos que se utilicen con fines empresariales. Por lo tanto, a menos que conduzca su coche como parte de su negocio de propietario único, no puede amortizarlo, ya sea un regalo o un coche que haya comprado usted mismo.

Si puedes depreciar el coche, entonces sec. 1015 se utiliza para calcular la base de la depreciación.

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Bonny Puntos 53

Sí, puede amortizar las donaciones a su empresa con arreglo a las normas especiales del artículo 1011 y de los reglamentos 1.1011-1 y 1.167(g)-1. Se trata de una propiedad de doble base, por lo que cuando venda el artículo su base de ganancia/pérdida será diferente. Base ajustada del donante para la ganancia, FMV en la fecha recibida para la pérdida. Menos la depreciación que añada, por supuesto, en ambos casos.

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