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Estudiante extranjero y prueba de presencia sustancial

Soy un estudiante internacional con visado F-1 desde hace tres años. He mantenido el estatus F-1 a lo largo de estos años y el F-1 es la única clase de visado con la que he entrado en los Estados Unidos en los últimos tres años. La Casa Internacional de mi escuela me dijo que debía declarar impuestos. Sin embargo, estoy confundido después de leer el sitio web del IRS.

Según la descripción del sitio web del IRS sobre Prueba de presencia sustancial ,

No cuente los días en los que es una persona exenta. El término "individuo exento" no se refiere a alguien exento de impuestos en Estados Unidos, sino a cualquier persona de las siguientes categorías:

  • ...
  • Un estudiante que se encuentre temporalmente en Estados Unidos con un visado "F", "J", "M" o "Q" y que cumpla sustancialmente los requisitos del visado
  • ...

La fórmula del número de días de presencia en Estados Unidos es la siguiente:

Se le considerará residente de Estados Unidos a efectos fiscales si cumple la prueba de presencia sustancial durante el año natural. Para cumplir este criterio, debe estar físicamente presente en Estados Unidos al menos:

  1. 31 días durante el año en curso, y

  2. 183 días durante el periodo de 3 años que incluye el año en curso y los 2 años inmediatamente anteriores, contando:

    • Todos los días que estuvo presente en el año en curso, y 1/3 de los días que estuvo presente en el primer año anterior al año en curso, y
    • 1/6 de los días que estuvo presente en el segundo año anterior al actual.

Si ese es el caso, entonces estaría presente en los Estados Unidos durante cero días a efectos fiscales y, por lo tanto, estaría exento de declarar impuestos. Sé que esto no suena bien, pero ¿qué me estoy perdiendo aquí? Si es cierto que no tengo que declarar impuestos, ¿cómo puedo recuperar los impuestos retenidos por mis empleadores?

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Stephen Darlington Puntos 33587

entonces estaría presente en Estados Unidos durante cero días a efectos fiscales y por lo que estaría exento de declarar impuestos.

No. Se le considerará no residente a efectos de la declaración de la renta (es decir, presentará el formulario 1040-NR), pero seguirá teniendo que declarar impuestos.

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