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¿Qué año fiscal para la devolución de los excesos de las aportaciones Roth?

En enero de 2020, financié completamente mi Roth y el de mi esposa ( $6,000 and $ 7000 respectivamente). Poco sabía yo entonces, que iba a recibir una bonificación considerable a final de año, que me hacía superar los límites de ingresos para cotizar. Adelantándonos a enero de 2021, mi correduría me ayudó a rellenar los formularios de Devolución de Excesos para deshacer la aportación más unos 2500 dólares de ganancias.

Como he hecho el ROE en un nuevo año natural (antes del plazo de presentación de la declaración de la renta), ¿aparecerá este hecho en mi ejercicio fiscal de 2021, o como estoy deshaciendo una contribución de 2020, ¿estará en mis impuestos de 2020?

Gracias.

Queja lateral. No me parece justo que se me penalice por las ganancias que tengo que retirar, ya que no podía prever que no pudiera contribuir.

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Ross Rogers Puntos 845

Al tratarse de aportaciones Roth, usted ya pagó impuestos (o devengó una obligación fiscal) por los ingresos que utilizó para financiar la aportación cuando los obtuvo como renta. No debería haber ninguna penalización, siempre y cuando la retire antes de la fecha límite de presentación de la declaración de la renta.

También debe retirar las ganancias que haya obtenido de esas aportaciones, lo que puede ser algo complicado de calcular. Para ello debe utilizar la fórmula de la "renta neta atribuible":

"Beneficio neto = Exceso de contribución x (Saldo final ajustado - Saldo inicial ajustado)/Saldo inicial ajustado

Se ofrecen más detalles aquí .

Si no retira el exceso de aportación y/o los ingresos netos atribuibles, estará sujeto a un impuesto especial del 6% anual hasta que se retire el exceso de fondos (o renuncie a futuras aportaciones para equilibrarlos)

( fuente )

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FerranB Puntos 647

En la Publicación 519-A, sección IRAs Roth -> ¿Puede usted contribuir a una IRA Roth? -> ¿Qué pasa si usted contribuye demasiado? -> Retirada del exceso de aportaciones ( aquí es la de 2019), dice:

A efectos de determinar el exceso de contribuciones, cualquier contribución que se retire en la fecha de vencimiento (incluidas las prórrogas) para de la declaración de impuestos del año se considera como una cantidad no aportada. Este tratamiento sólo se aplica si las ganancias de la se retiran también las ganancias de las aportaciones. Las ganancias se consideran ganadas y se perciben en el año en que se realizó el exceso de aportación.

En base a eso, creo que las ganancias se considerarían ingresos en el año en que hiciste la aportación en exceso (2020), aunque lo retiraras a principios del año siguiente.


Sin embargo, puede haber una opción mejor que retirar la contribución. Como ya sabrá, aunque supere el límite de ingresos para las aportaciones directas a la Roth IRA, puede realizar una "aportación por la puerta trasera a la Roth IRA" (aportar a la IRA tradicional y luego convertirla en Roth IRA), lo cual, suponiendo que no tenga dinero antes de impuestos en las IRA tradicionales/SEP/SIMPLE, consigue el mismo resultado que una aportación directa a la Roth IRA, pero sin límites de ingresos.

Sin embargo, usted hizo originalmente una contribución a una IRA Roth y no una contribución a una IRA tradicional. Así que lo que puede hacer es "recaracterizar" la aportación a la Roth IRA como una aportación a la IRA tradicional (básicamente, la trata "como si" hubiera hecho originalmente una aportación a la IRA tradicional todo el tiempo). Y luego puede proceder a convertirla en Roth IRA, completando la aportación Roth IRA por la puerta trasera. Así que sería como si usted hizo una contribución IRA tradicional en enero de 2020 y luego lo convirtió a Roth IRA en algún momento en 2021. En el caso de la conversión, pagarás impuestos por las ganancias entre la aportación y la conversión (ya que las ganancias en la IRA Tradicional son antes de impuestos). Recuerde que esto sólo funcionará si no tiene ningún dinero antes de impuestos en las IRAs tradicionales/SEP/SIMPLE y no pondrá ningún dinero antes de impuestos en las IRAs tradicionales/SEP/SIMPLE en el año de la conversión.

En el futuro, si no está seguro de sobrepasar el límite, y no tiene dinero en las IRAs Tradicionales/SEP/SIMPLE, siempre puede hacer una contribución por la puerta trasera, ya que no hay ningún inconveniente en hacer la puerta trasera aunque no lo necesite, aparte de tener que rellenar un formulario adicional en sus declaraciones de impuestos.

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