¿Contará el banco estos fondos? El ESPP de mi empresa funciona así:
El 25% de mi sueldo bimensual (después de impuestos) se retiene y se envía a una especie de cuenta de depósito en garantía de la empresa. Esto se hace durante 6 meses. Al final del periodo de 6 meses, el dinero se utiliza para comprar (y, si lo decido, vender inmediatamente) acciones ordinarias al precio actual o al precio de hace 6 meses (el que sea más bajo), menos un 15% (obtengo un descuento del 15% en la compra). Así, tengo garantizado al menos un 15% de rentabilidad + todo el dinero que me pertenece de la cuenta de depósito. Este saldo creciente de la cuenta aparece en mi recibo de sueldo quincenal. Pero el dinero sólo es accesible para mí al final del periodo o si me despiden/renuncian.
El cierre de mi casa es en 6 semanas. En 3 semanas termina el periodo de ESSP y venderé/cobraré toda la cuenta. Me gustaría utilizar parte de los fondos para el cierre. Estoy teniendo dificultades para explicar esto al prestamista que está presentando a los suscriptores. Básicamente quieren ignorar ese dinero y no ocuparse de él. Sin embargo, me gustaría utilizarlo para un pago inicial mayor. El problema es que tiene que ser aprobado semanas antes del cierre. ¿Debería poder forzar esta cuestión? O, ¿estoy atascado en no contar con nada de ese dinero como mío, aunque esté garantizado ese dinero?