Supongamos que soy un empleado de una empresa emergente en la que poseo opciones de compra de acciones totalmente consolidadas.
Escenario 1
No he ejercido mis opciones de compra de acciones y mi empresa fue comprada.
¿Todavía puedo ejercer mis opciones? El impuesto sobre la renta que tengo que pagar por ellas se basará en el valor al que se compró la empresa?
Escenario 2
He ejercido mis opciones de compra de acciones y mi empresa ha sido comprada.
Cuando ejerza mis opciones, ¿en qué se basará mi impuesto sobre la renta? Supongo que es el valor actual de la empresa determinado por Hacienda. ¿Cuándo se calcula ese valor? No creo que se calcule la nueva valoración cada vez que alguien decide ejercer.
Después de la compra de la empresa, ¿tengo que pagar más impuestos sobre el plusvalor entre el valor estimado de inicio en el momento en que ejercí frente al precio al que se compró?