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Sustitución del LIBOR en los productos de los clientes y en la fijación de precios prevista

Me pregunto si el sector, o los bancos por separado, se han decidido ya a sustituir el componente de compensación del riesgo interbancario que "falta" en sus productos de crédito a tipo variable al pasar de LIBOR a SOFR o si (y cómo) están a punto de cambiar la combinación de financiación (o cobertura) para reflejar mejor los productos basados en la RFR.

Si cree que la respuesta a esta pregunta es demasiado basado en la opinión Por supuesto, estoy encantado de reformular para que sea más útil para la comunidad.

Mi comprensión del statu quo: LIBOR

Dejando a un lado el escándalo del LIBOR, entiendo que el LIBOR es un tipo interbancario con riesgo crediticio inherente que refleja el coste medio (percibido) de la financiación para un plazo determinado, digamos 3M. Supongamos que nuestro coste de financiación del banco yb vincularse al mercado interbancario, y por tanto al LIBOR, como un difusión estable s_b sobre el LIBOR . Si mi banco concede un crédito a un cliente al LIBOR más un diferencial fijo, puedo trasladarle el coste de refinanciación "medio" del sector y, por tanto, también el riesgo correspondiente al aumento del LIBOR. El tipo del cliente y_c consiste en el LIBOR más un diferencial de clientes s_c \begin{align} y_c&=LIBOR + s_c \\ &=LIBOR + m + k + \bar{s}_b+\alpha\sigma(s_b) \end{align} La difusión del cliente s_c suele fijarse al cierre de la operación. (Por supuesto, existen disposiciones que ajustan el diferencial cuando la solvencia del cliente se deteriora). Aquí, m son otros requisitos de margen no definidos, k es un componente de riesgo de crédito del cliente, y \bar{s}_b y \sigma(s_b) son el diferencial "medio" de mi banco y la variabilidad del diferencial (think:vol), y \alpha nos da cierto margen de error.

En este mundo, yo piense en Podría perfectamente fijar el precio del contrato de mi cliente a una tarifa bien entendida s_c sobre el LIBOR y refinanciar / cubrir la mayor parte del riesgo de tipo de interés convenientemente al LIBOR para obtener unos ingresos constantes de (muy aproximadamente) m .

Pregunta

En el futuro, con el LIBOR fuera de la ecuación: ¿Son los bancos, y si es así cómo son bancos , capaz de pasar partes de su (media) de los tipos de refinanciación (y, por tanto, del riesgo) a sus clientes ? ¿Habrá algún tipo de cambio de régimen en el que

  • ¿Los bancos empiezan a asumir el riesgo interbancario y a cobrar más a sus clientes?
  • y/o: ¿la refinanciación se basará en alguna curva RFR amañada con diferenciales bancarios individualizados?
  • y/o: ¿podríamos ver la liquidez de los swaps de índices de CDS del sector bancario (sí, los swaps de CDX) utilizados para cubrir el riesgo de financiación, con un coste de cobertura repercutido en el cliente?

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Curiosamente, pocos días después de esta pregunta, llega el primer préstamo sindicado vinculado al SOFR: ft.com/content/a94fa64c-2723-4d90-93fe-a218683148e5

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Parece como si a los reguladores / OICV realmente no les gustaran las alternativas de índices sensibles al crédito: risk.net/7875041

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A mí me parece que a los reguladores no les gustan las alternativas procíclicas que se disparan masivamente durante las crisis. El SOFR o los Fed-Funds también aumentan en épocas de tensión, pero parece que los reguladores ya no confían en ningún tipo "similar al LIBOR" que intente fijar el precio del diferencial de crédito garantizado-no garantizado. Después de todo, la mayor parte de la manipulación del LIBOR se produjo durante la última crisis de 2008...

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Cody Brimhall Puntos 762

Esta cuestión es objeto de un gran debate actual entre los reguladores y los bancos. Tienes toda la razón, muchos bancos están alarmados porque la desaparición del Libor dificultará su gestión de activos y pasivos. Históricamente, los bancos han originado préstamos vinculados al Libor, pensando que podrán trasladar las fluctuaciones de sus costes de financiación a sus clientes de préstamos. Obsérvese que lo que interesa aquí es el coste de la financiación no garantizada. Los bancos obtienen financiación no garantizada a través de al menos dos métodos (a) los depósitos, que son relativamente baratos y (b) la financiación no garantizada al por mayor, como los préstamos interbancarios y el papel comercial bancario.

En EE.UU. hay actualmente una comunidad de bancos regionales que está a favor de crear un sustituto del Libor que mantenga el diferencial de crédito por encima del RFR. Se han creado varios índices candidatos a desempeñar esta función, siendo los más destacados el Ameribor y el BSBY. Según tengo entendido, ya hay alguna originación de préstamos vinculada a estos nuevos índices. También hay alguna originación de préstamos vinculada al RFR y otra que sigue vinculada al Libor. La Reserva Federal ha dejado claro que no espera más originación de préstamos vinculados al Libor después de enero de 2022, por lo que esta situación se está convirtiendo en una urgencia. Mi lectura es que la Fed tolera el Ameribor, el BSBY y otras alternativas para la originación de préstamos, pero rechaza el uso de estos para el comercio generalizado de derivados de tipos de interés, para no reproducir exactamente la misma situación que se produjo con el Libor. Prefieren que el mercado de derivados se base en los RFR, que se basan en un volumen de operaciones mucho mayor que el Ameribor , el BSBY o cualquier otro índice de préstamos sin garantía.

Para más información, intente buscar en Google las actas del Comité de Tipos de Referencia Alternativos (Arrc), que es un comité convocado por la Reserva Federal al que asisten los principales bancos e inversores. También hay información en línea sobre Ameribor y BSBY. Vea a continuación una carta de los bancos regionales a la Fed.

https://www.politico.com/f/?id=0000016d-d15d-d0d8-af6d-f77d6c5f0001

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Respuesta perspicaz, +1. Sólo quería señalar que, según mi experiencia, los préstamos interbancarios nunca son sin garantía por más de un día. La mayor parte de la financiación interbancaria se realiza mediante repos a la inversa, en los que la parte A pignora valores a cambio de efectivo, en particular para plazos superiores a un día: de hecho, nunca me he encontrado con un caso en el que se preste dinero interbancario sin garantía por un plazo superior a un día.

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Creo que ese es uno de los problemas del Libor: se basa en parte en un concepto ficticio. Sin embargo, para muchos bancos hay papel no garantizado, como CP, que "cuenta" a la hora de fijar el Libor. Como ejemplo, observe la serie temporal del Libor a 3 meses en las dos crisis financieras más recientes, 2008 y 2020. En esos casos, el Libor se comportó de manera diferente a los mercados de financiación garantizada (se mantuvo más alto durante un tiempo hasta que la Fed inundó el sistema con liquidez). Ese es el comportamiento que quieren los bancos.

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Buena observación, no lo había pensado así. Entiendo que los bancos quieran protegerse contra los impagos de créditos corporativos (es decir, de clientes), especialmente en situaciones de tensión, y el diferencial de financiación garantizada frente a la no garantizada que proporcionaba el Libor (al menos aparentemente) ayudaba a dar una medida de ello. Ahora entiendo el problema de sustituir esta medida en el futuro.

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Amod Gokhale Puntos 26

Esta es mi opinión al respecto. En primer lugar, según mi experiencia, los bancos no obtienen financiación en función del Libor, sino en función del tipo de interés oficial del Banco Central local.

Por ejemplo, el Banco Central Checo ofrece una facilidad de repo a 14 días ("el tipo de financiación principal"), por lo que presta govies durante dos semanas a cambio de dinero en efectivo, por el que paga intereses r_{Central} .

Como resultado, si un banco local A quiere pedir un préstamo a un banco local B, el banco local A tendrá que pagar al menos r_{central}+s , donde s es un pequeño margen: de lo contrario, el banco B no tiene ningún incentivo para prestar dinero a A y correr el riesgo de crédito de A, porque puede simplemente depósito efectivo en el Banco Central a la tasa r_{central} sin problemas.

Por lo tanto, es el Banco Central depósito que proporciona piso a los préstamos interbancarios, y el Libor local checo cotiza con un diferencial (bastante) fijo respecto al tipo de la facilidad de depósito del Banco Central.

El mismo principio se aplica a los bancos con sede en EE.UU. o en la zona del euro: el banco central local siempre tiene un tipo de interés oficial de depósito (a un día, a una semana, a dos semanas...), y este tipo de interés oficial impulsa los préstamos interbancarios. El Libor tiende a cotizarse con un diferencial respecto a estos tipos de interés del banco central.

El Libor siempre ha sido un tipo de interés ficticio: nadie le prestará dinero sin garantía ¡durante 3 meses!

Digamos que los bancos con sede en EE.UU. pueden prestarse mutuamente a r_{Fed-Fuds} + spread (o r_{SOFR} + spread). Si un banco sigue pidiendo prestado a este r_{Fed-Fuds} y necesita seguir renovándolo, puede cubrirlo mediante un swap OIS de fondos de la Fed: es decir, acuerdan recibir r_{Fed-Fuds} trimestralmente, y se compromete a pagar semestralmente (o trimestralmente) una cantidad fija r_{fixed} .

De esta manera, todavía tienen que seguir renovando sus préstamos en el mercado interbancario a r_{Fed-Fuds} a un día, pero el swap OIS les permitirá ser reembolsados "a posteriori" cada trimestre y convertir este tipo compuesto de los Fed-Funds a un día en uno fijo.

Al final, pueden optar por prestar dinero a los clientes a la tasa r_{fixed} + diferencial, o pueden optar por indexar el préstamo al cliente a r_{Fed-Funds} , con un promedio del último trimestre, actualizado trimestralmente...

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+1 ¡Muchas gracias por la respuesta! Creo que sigo un poco desconcertado, pero si te he entendido bien 1) los bancos buscan la mayor parte de su refinanciación a corto plazo a través del banco central mediante préstamos garantizados, y 2) la financiación interbancaria no garantizada es más o menos irrelevante (¿ya no?). Entonces: Me pregunto si los IBOR seguirán siendo relevantes en el futuro, y por qué existen (como tipo de referencia) en primer lugar. ¿No podríamos haber indexado el negocio de flotación en los tipos del BC en primer lugar, y así tener un vínculo directo con la refinanciación? ¿O es que el BC sólo acepta refinanciaciones con garantías?

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Mantendré la pregunta abierta un poco más para atraer otra opinión al respecto, tal vez.

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@Kermittfrog: Los bancos no se financian a través del banco central (es decir, no piden prestado al Banco Central, salvo emergencia), pero tienen la opción de depósito en el banco central. Entonces, la situación es la siguiente: la tesorería de cada banco intenta poner dinero a trabajar y ganar intereses por su exceso de efectivo, todos los días. Si otro banco quiere pedir dinero prestado y llama al primer banco que casualmente tiene exceso de efectivo, el primer banco dirá: Puedo depósito mi exceso de efectivo en el Banco Central al tipo "r" sin problemas: por tanto, si quiere que le prestemos, le cobramos "r" + "s".

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