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Convergencia del precio de los contratos liquidados en efectivo al vencimiento

Soy consciente de por qué el precio del valor/materia prima subyacente y su precio de contrato de futuros convergerían al vencimiento, es decir, si el precio subyacente fuera inferior al precio de los futuros, un arbitrajista podría ponerse en corto en el contrato, comprar el subyacente a un precio inferior en el mercado físico y entregarlo al precio (superior) del contrato. Y viceversa, cuando el precio del subyacente es superior al del contrato. Esto se vincula bien cuando el contrato se liquida físicamente.

Sin embargo, ¿qué hace que el precio del subyacente y el de su futuro converjan al vencimiento en el caso de un contrato liquidado en efectivo? ¿Qué es lo que impide que ambos se comporten como dos precios distintos? No he podido encontrar una teoría satisfactoria al respecto.

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Sean Puntos 11

Creo que se puede argumentar exactamente lo mismo para los futuros liquidados en efectivo. La única diferencia es que hay que vender el subyacente al vencimiento y entregar el efectivo en lugar de entregar el subyacente físico real.

Para simplificar las cosas, prescindamos de las fricciones financieras (costes de transacción, coste de transporte, dividendos y tipos de interés). Supongamos que la posición no se ajusta al mercado diariamente, por lo que sólo tenemos que considerar cuándo entramos y salimos de la posición.

Si compramos el subyacente y vendemos los futuros liquidados en efectivo, porque el subyacente cotiza con descuento, nos costará $S_t$ en el momento $t$ . Los futuros no tienen coste de entrada y tienen un precio fijo $F_t$ .

Al vencimiento tenemos que entregar un importe en efectivo de $S_T-F_t$ es decir, recibimos $F_t-S_T$ . Como poseemos el valor físico subyacente $S_T$ podemos venderlo para recibir $F_t-S_T+S_T=F_t$ en el momento $T$ . El resultado de esta estrategia es, por tanto, el siguiente $F_t-S_t$ , que es positivo debido a nuestro supuesto, lo que lo convierte en una oportunidad de arbitraje. Así que para que el mercado esté libre de arbitraje debemos tener $S_t=F_t$ . Esta ecuación, por supuesto, sólo se mantiene cuando no hay fricciones financieras, pero el mismo método puede aplicarse en caso de que las haya.

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Depende de cómo se determine el nivel de liquidación del contrato.

Si el excahnge determina el nivel de liquidación en función de algo vinculado al mercado físico (por ejemplo, la liquidación final de los futuros del Brent del ICE), entonces el nivel de liquidación antes del vencimiento del futuro puede operar donde quiera, en función del vwap de la ventana. Pero si se mantiene el futuro hasta el vencimiento, entonces se liquidará según el Índice ICE Brent que está (de forma algo enrevesada) vinculado al precio físico del petróleo en el mar del norte. En este caso, no importa dónde se negocien los futuros*, ya que el valor se basa en el valor del petróleo y no en el valor al que se negocian los futuros.

Los ETFs también pueden cotizar con una prima o un descuento sobre su NAV, dependiendo de la oferta y la demanda esencialmente (por ejemplo, ver aquí para leer sobre la prima/descuento en el etf GBTC).

Aquí hay otra interesante historia sobre el etf DGAZF que va de \$400 to \$ 24.000 en un número de días En la mayoría de los casos, no hay volumen, y no hay movimiento relacionado con el gas natural.

Otro ejemplo del año pasado se produjo cuando el precio del oro físico se desvinculó del precio de los futuros - esto se debe a que los contratos no son los mismos, ya que los futuros del oro se liquidan físicamente en Nueva York, mientras que el precio del oro físico se fija en Londres - hay limitaciones infraestructurales para mover el oro entre los países, así como el cambio del formato de las barras aceptables para la entrega. El año pasado, durante el apogeo de la crisis, estos problemas de infraestructura fueron aún más difíciles de resolver y permitieron que el precio de los futuros del oro en Nueva York se desviara del valor físico del oro fijado en Londres.

Las diferencias importantes en estos ejemplos radican en la forma en que puede convertir sus participaciones en efectivo y, además, en los pasivos que pueden proporcionarle.

*Sin embargo, hay que tener en cuenta que si los futuros cotizan significativamente por encima del valor real del petróleo, entonces alguien capaz de operar en el mercado físico puede intervenir y vender los futuros mientras compra el físico, donde estaría encantado de comprar petróleo físico a cualquier precio hasta donde pueda vender los futuros, por lo que el spot puede levantarse en este escenario.

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