En el contexto del ajuste de la superficie de volatilidad implícita de BS.
En la literatura, parece que las condiciones para el arbitraje se definen de forma que se asume que las opciones pueden negociarse al mismo precio para la compra y la venta (es decir, sin diferencial entre oferta y demanda).
En realidad, estamos seguros de comprar una determinada cantidad a la demanda y seguros de vender otra a la oferta.
Mi intuición se alinearía con la de la paridad put-call reexpresada para tener en cuenta los diferenciales bid-ask:
$$F^{ask}(T) := k + e^{r_T T}(C^{bid}(k,T) - P^{ask}(k,T)),$$ $$F^{bid}(T) := k + e^{r_T T}(C^{ask}(k,T) - P^{bid}(k,T)),$$
para tener dos superficies de volatilidad, una construida con call bids, put asks y forward ask y otra construida con call asks, puts bids y forward bid.
Algunos arbitrajes dependen entonces de ambas superficies (lo que supongo que podría ser una completa pesadilla para definir y ajustar) y la restricción de arbitraje y el ajuste tendrían que hacerse en ambas superficies al mismo tiempo.
¿Me estoy perdiendo algo? Cómo se hace en la práctica, estoy pensando en particular en la cobertura donde supongo que no podemos simplemente ignorar los diferenciales de compra y venta.