Actualmente vivo en mi residencia principal con una hipoteca pendiente, pero dentro de unos meses me mudaré y me trasladaré por motivos de trabajo. El puesto inicial es de 2 años, pero puede prorrogarse indefinidamente.
Mi trabajo nos proporciona a mí y a mi familia alojamiento mientras estamos fuera y voy a alquilar mi residencia principal.
Entiendo que podré alquilar mi vivienda habitual durante 6 años y quedaré exento de pagar cualquier CGT si vendo la casa en esos 6 años, siempre que no compre otra vivienda habitual durante ese periodo.
Sin embargo, tengo dos preguntas sobre este asunto:
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Si sigo alquilando la casa durante más de 6 años, digamos 10, antes de venderla, ¿pagaré el CGT en base a 4 años o a los 10 años completos? ¿Y cómo calcularía la base de coste?
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Si la vivienda principal está sólo a mi nombre y compramos otra vivienda principal a nombre de mi mujer, ¿seguiré cumpliendo la regla de los 6 años mencionada anteriormente para mi vivienda principal?