En caso de liquidación de un banco, los depositantes suelen estar protegidos hasta una determinada cantidad.
Digamos que esta cantidad determinada es de 100 mil.
Si un depositante tenía 150.000 en el banco, los 50.000 serán "congelados" o incluso bloqueados. Sin embargo, ese mismo banco ha concedido muchos préstamos con garantía (por ejemplo, propiedades, terrenos, casas, etc.) a otros clientes.
¿Es posible comprar un activo/propiedad que era una garantía a través de ellos y deducir esos 50K del valor de la garantía?
Por ejemplo, un piso fue la garantía de un préstamo. Ese piso vale 100.000 euros. ¿Podría ofrecer al banco 50.000 para utilizarlos junto con los 50.000 "perdidos" de sus depósitos/ahorros?
¿Sucede mucho en la práctica?