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Como titular de un visado H1B, ¿puedo reclamar a mis hijos H4 como dependientes en el 1040NR o el 1040?

Vivo en Estados Unidos (Florida) desde septiembre de 2019.

Estoy casado y tengo cuatro hijos.

Estoy en H1B, mi esposa e hijos están en H4. Yo tengo un SSN, ellos no. Mi esposa no tiene ningún ingreso en los Estados Unidos.

Estoy a punto de contratar a un contador público para que me haga los impuestos de 2019, pero antes me gustaría reunir algo de conocimiento sobre el sistema tributario de Estados Unidos por mí mismo.

Por lo que tengo entendido, no paso la prueba de presencia sustancial para 2019 (hemos estado en Estados Unidos unos 100 días en 2019 y un par de semanas en total en 2018 y 2017). Cumpliremos la prueba de presencia sustancial para 2020 a principios de mayo.

Por lo que he aprendido hasta ahora, creo que tengo tres opciones:

  1. Presentar como extranjero no residente (1040-NR) para todo el año 2019.

    De esta manera no tendré que declarar nuestros ingresos del país de origen, ni declarar ningún activo extranjero.

  2. Haga que el Elección del primer año y presentar dos declaraciones de impuestos diferentes (1040 y 1040-NR) como extranjero de doble estatus para las dos partes diferentes de 2019.

    Así tendré que declarar mis ingresos del país de origen para la parte correspondiente del año y presentar el FBAR y el formulario 8938

  3. Elija el Estatus de residente y presentar una declaración conjunta con mi mujer como residentes (1040) para todo el 2019.

    De esta forma tanto yo como mi mujer tendremos que declarar nuestros ingresos del país de origen durante todo el año y presentar el FBAR y el formulario 8938

Mis preguntas:

  1. ¿Es correcta mi interpretación de lo anterior?

  2. ¿Podré reclamar a mis hijos como dependientes en el 1040 (si elijo presentar la declaración como extranjero de doble estatus)? No tienen (y no son elegibles) para el SSN, por lo que no puedo reclamar el crédito fiscal por hijos para ellos, y no pasan la prueba de presencia sustancial para 2019. No soy nacional de Canadá, México, Corea del Sur o India.

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Saem Puntos 2415

Todas sus opciones 1,2,3 son correctas. ¡Es una cantidad impresionante de aprendizaje que has hecho!

Opción 3 a menudo resulta en la menor obligación fiscal, aunque esto depende de la cantidad de ingresos extranjeros que haya tenido.

En la opción 3, su curso de acción sería el siguiente:

  1. Solicite una prórroga de la fecha de vencimiento, para poder cumplir con la prueba de presencia sustancial antes de presentar su declaración de impuestos.

  2. Una vez que cumpla la prueba de presencia sustancial, presente su declaración en papel como MFJ con su cónyuge, declarando a sus hijos como dependientes. Adjunte cinco solicitudes de ITIN: una para su esposa y cuatro para cada uno de sus hijos. Solicite la exclusión de los ingresos procedentes del extranjero (formulario 2555). Adjunte la elección de la condición de residente (carta de formulario libre en la que se indica que usted y su cónyuge eligen ser tratados como residentes fiscales durante todo el año 2019).

Con los ITIN, su cónyuge e hijos son generalmente Tienen derecho a las mismas prestaciones que si tuvieran un SSN (pero algunas prestaciones, como el crédito fiscal por hijos, requieren un SSN, según el IRS; véanse los comentarios más abajo). Debe presentar la solicitud en papel (no se puede presentar electrónicamente) en el año en que solicite el ITIN. El IRS le enviará por correo las cartas con los ITINs (tarda unos 2 meses), y luego procesará sus declaraciones en papel (otros 1-2 meses).

A partir del año fiscal 2020, puede presentar la declaración electrónica utilizando estos ITIN, al igual que lo haría con los SSN.

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Gracias! sobre que los ITIN son iguales a los SSN: ¿estás seguro de que son iguales? Estoy leyendo las instrucciones del 1040 y es que dice : ¿Tenía este hijo un SSN válido para el empleo emitido antes de la fecha de vencimiento de su declaración de 2019 (incluidas las prórrogas)? (Consulte el número de la seguridad social, más adelante). Entiendo que sólo puedes reclamar al hijo como "otro dependiente" si no tiene un SSN, ¿estoy leyendo bien?

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Buen punto; No estoy familiarizado con el aspecto de los niños de esto, así que parece que salté en demasiadas suposiciones. Viendo como el IRS menciona específicamente el SSN válido para el empleo, estoy pensando que el ITIN no serviría aquí. Voy a modificar mi respuesta.

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Gracias por la edición. En realidad, mi pregunta se refería al extracto de un poco antes: ¿El niño era ciudadano estadounidense, nacional de EE.UU. o extranjero residente en EE.UU.? . Entiendo que mi mujer y yo (o sólo yo) podemos elegir ser tratados como extranjeros residentes en EE.UU. (o extranjeros con doble estatus) presentando las declaraciones a Hacienda, pero ¿cómo funciona para los niños? ¿Tengo que presentar algún tipo de declaración en su nombre también para que el IRS los trate como extranjeros residentes en EE.UU.?

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George Solon Puntos 1

Yo también estoy en el mismo barco. Estuve con visa F-1 desde 2016 y cambié de estatus a H1B desde finales de septiembre de 2019. No puedes reclamar a tus hijos simplemente porque no cumplen la prueba de presencia sustancial en 2019 y no eran residentes de bla país. Puedes reclamarlos en 2020. Puedes presentar en papel la declaración conjunta eligiendo a tu cónyuge para que sea tratado como residente. Esta opción le daría los mejores beneficios fiscales a menos que usted y su cónyuge tengan ingresos significativos en el extranjero.

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