Sé que esta pregunta se ha hecho muchas veces antes, pero las respuestas son demasiado técnicas para mí. Solicito su orientación (a nivel de maniquí).
Vivo en una casa alquilada. Este año (año fiscal 2014-15) he reservado un apartamento en la misma ciudad para el que voy a obtener la posesión en febrero o marzo de 2015. He optado por Directamente-EMI (sin pre EMI) y estoy pagando el EMI desde agosto de 2014.
Ahora bien, en mi caso hay 3 componentes que se pueden reclamar en varios supuestos. 1) HRA. 2) Reembolso del principio hecho durante el año. 3) Reembolso de los intereses durante el año.
¿Podría ayudarme a entender lo que puedo reclamar de los 3 mencionados anteriormente y bajo qué sección (no estoy en posesión de mi apartamento, ya que todavía está en construcción)
Además, si es posible, qué documentos necesito para reclamar las excepciones fiscales en las 3 categorías mencionadas.
Gracias de antemano