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No he cobrado el IVA a los clientes durante un año (estúpido, lo sé), pero se acerca el umbral del IVA

Cuando monté mi empresa a principios de este año, lo hice con prisas (y ahora me arrepiento), y metí la pata en algunas cosas desde el principio. Una de ellas es el hecho de que actualmente no cobro el IVA a mis clientes. Soy consciente de que el umbral es de 85.000 libras esterlinas, pero parece que superaré el umbral antes de que finalice mi periodo contable, que creo que para mi empresa es el 28 de febrero de 2021.

En primer lugar, ¿se paga el IVA sólo sobre los ingresos que superan el umbral de 85.000 libras (de forma similar a como funciona el impuesto sobre la renta con los tramos) o se paga sobre la totalidad de los ingresos en cuanto se superan las 85.000 libras?

¿El IVA se paga al final del año contable (cada 28 de febrero si no me equivoco), por lo que sólo hay que pagar el IVA sobre los ingresos entre el 1 de marzo del año anterior y el 28 de febrero?

Como os podéis imaginar, no me apetece nada perder el 20% de mis ingresos, así que me gustaría evitarlo si es posible, al menos en los ingresos que voy a coger hasta Feb 2021 si es posible... He estado pensando en formas de evitar pasar el umbral del IVA antes de Feb 2021 para no pagarlo, pero obviamente no tengo los conocimientos necesarios para saber si funcionarían. Estaba pensando que tal vez podría pedir a mis clientes que me paguen directamente (en mi cuenta personal) y pagar el impuesto sobre la renta en su lugar? O quizás pedirles que retrasen el pago de las últimas facturas hasta después de febrero de 2021 para mantenerse por debajo del umbral, y luego para cualquier trabajo después de febrero de 2021, cobrarles el IVA por encima.

Cualquier ayuda será muy apreciada.

Gracias por su tiempo. :)

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Adam Neal Puntos 1649

No has hecho nada malo. Si tiene clientes sin IVA, se ha ahorrado un 20% de IVA a lo largo del año (espero que no les haya cobrado el IVA, porque eso sería un fraude), y sólo ahora tiene que cobrar el IVA, lo cual es mejor que cobrar el IVA todo el año. Tú decides si subes los precios o los mantienes igual, comiéndote tú el IVA.

En el caso de los clientes registrados a efectos del IVA, basta con enviarles una carta en la que se les informa de que se añadirá el IVA en el futuro. Para ellos, el IVA no supone ninguna diferencia porque lo restarán de su propia factura de IVA.

Y todo lo que compres, guarda los recibos del IVA porque te lo devuelven a menos que supere tu propia factura de IVA.

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