Una persona con un visado de becario J1 se convierte en extranjero residente a efectos fiscales en EE.UU. el 1 de enero de 2018 (siguiendo la regla de los dos años naturales). Aun así, en virtud de la cláusula de salvaguardia, puede ser posible reclamar los beneficios del tratado fiscal para parte de 2018. Como se explica en la Publicación 519, sólo hay que presentar el 1040, informando en algún lugar de la parte exenta de los ingresos en virtud del tratado.
Siempre que lo anterior sea correcto, ¿se puede seguir aplicando la deducción ahora estándar de 12k $ sobre los ingresos de lo que queda de 2018?