He oído que una C-Corp siendo una tienda de una sola persona (no hay otros empleados, pero el propietario) puede pagar por el importe total 100% de la renta personal si la residencia está siendo utilizado como una oficina en casa.
Claro, sobre todo si no te importa que te auditen. Técnicamente, no importa cómo llega el dinero a donde va, siempre y cuando la declaración de la renta describa con exactitud la situación fiscal. Pero el IRS odia cuando haces gastos personales desde una cuenta de negocios, incluso si has pagado el impuesto sobre la renta personal requerido (porque sus ordenadores simplemente no son lo suficientemente inteligentes como para mantenerse al día con ese nivel de caos).
Además, desde un punto de vista no fiscal, la mezcla de fondos empresariales y personales puede reducir la eficacia de la protección de la responsabilidad de su empresa y usted podría ser más fácilmente responsable a título personal si la empresa quiebra.
Por lo que tengo entendido el 30% sería el gasto, y el 70% el reparto de beneficios.
Te recomiendo que simplemente te pagues a ti mismo y pagues el alquiler desde tu cuenta personal y reclames las deducciones permitidas correctamente como todo el mundo.
¿Por qué y cuándo tendría sentido hacerlo? ¿Existen ventajas fiscales?
Nunca, porque, no. Tendrías que seguir pagando el IRPF por tu parte del 70% del alquiler (el 30% podrías desgravarlo, pero la normativa es bastante complicada y nunca deberías hacer una estimación).
El sólo forma de sacar dinero de una sociedad sin pagar el impuesto sobre la renta de las personas físicas es teniendo un dividendo cualificado. Eso es bastante complicado: su contabilidad tiene que estar clara que el dinero que se emite como dividendo cualificado procede de un beneficio económico, no de un beneficio sobre el papel resultante del hecho de haber trabajado duro sin pagarse el valor de mercado.