Imaginemos un modelo con los precios de las acciones y los dividendos de las mismas, así como un bono de mercado con un proceso de tipo corto asociado. Se sabe que este modelo está libre de arbitraje si existe una medida martingala equivalente $Q$ .
Se afirma entonces que el precio de una opción de compra en el momento $t$ es la expectativa condicional descontada bajo la medida martingala equivalente $Q$ de su pago.
Pregunta: ¿Por qué es esto cierto? La forma en que lo pienso es que si imaginamos que la opción de compra es una acción nueva que introducimos en el mercado, entonces podemos considerarla como una acción sin dividendos hasta la fecha de vencimiento, donde el dividendo final es entonces su pago. Si imaginamos que "añadimos" esta acción a nuestro modelo, entonces quedaría libre de arbitraje si y sólo si esta "nueva acción" tuviera un precio tal que $Q$ sigue siendo una medida martingala equivalente, y esto significa precisamente que el precio de la opción de compra en el momento $t$ debe darse como esa expectativa condicional (descontada).
¿Es correcto este razonamiento?