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Pago en exceso en el momento de la retirada del 401k, durante 2020

Si, durante el año 2020, uno hiciera un retiro anticipado de fondos de un 401(k) y/o IRA, y eligiera una retención extra (por encima de su tipo impositivo final), ¿cuándo se devolvería eso? ¿Se gestiona con la declaración de la renta?

Digamos que el pago en exceso superó el coste total de los impuestos sobre el mismo más el coste total de la multa sobre el mismo. ¿Se devolvería todo el exceso de pago, o el caso necesita un tratamiento especial aparte de la declaración de impuestos?

(Respecto a la penalización, sé que hay reglas especiales este año CARES, y que esas reglas pueden eximir a algunas personas de la penalización. ¡¡¡Genial!!! Pero me imagino que la cuestión del proceso es la misma: ¿hay que hacer algo más que presentar los impuestos correctamente? )

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valtron Puntos 432

Todo esto se contabilizaría y rectificaría adecuadamente cuando se presenten los impuestos. La entidad financiera que le proporciona su plan 401(k) le proporcionará un formulario 1099-R por la distribución, en el que se indicará la cantidad distribuida (renta imponible) y la cantidad retenida en concepto de impuestos. Cuando presente la declaración, incluirá estos ingresos junto con el resto de sus ingresos imponibles, y el impuesto retenido junto con cualquier otro impuesto retenido. Si el total de los impuestos retenidos a lo largo del año supera la cuota tributaria (basada en parte en el total de sus ingresos), recibirá un reembolso.

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