Estás fuera de lugar; la fecha límite para solicitar la devolución del ejercicio 2010 era el 15 de abril de 2014.
Para el resto de años de devolución (en estado), no estoy tan seguro como @littleadv de que esté realmente prohibido, pero desde luego no puede pasar por la lógica normal. Tuve un caso de "compensación" de varios años atrasados (pero no sólo de presentación tardía como el tuyo) y me encontré con que los sistemas y procedimientos de Hacienda en su mayoría manejar cada año por separado (lo llaman "módulo").
Por lo tanto, si es posible hacer esto para su caso, probablemente no será fácil. Le sugiero que pruebe con el Servicio de Defensa del Contribuyente http://www.irs.gov/Advocate . Se trata de una función de omsbudsman financiada dentro del IRS, pero que informa de forma independiente al Congreso. Tienen discreción sobre los casos que toman, por lo que no necesariamente tomarán el suyo, pero si lo hacen pueden aplicar el conocimiento interno para ayudarle (aunque todavía tienen que ejecutar a través de funciones de línea).
No es que ayude ahora, pero creo que puede han trabajado para archivar fuera de orden. Yo experimenté una excepción a la regla de "cada año por separado"; cuando las apelaciones finalmente me concedieron un reembolso por un año atrasado, el IRS lo aplicó con gusto a partir de ese año de atrás a una deuda que sus sistemas creían (¡equivocadamente!) que debía de otro año. Si hubiera presentado 2013 y dejar que se procesa, entonces presentado 2011 y 2012 y los procesaron bien, estoy bastante seguro de que habrían "desviado" esos reembolsos a su módulo de 2013 y tal vez "a partir" de 2012 y 2013 respectivamente.