Tenemos una granja en Estados Unidos, con un empleado al que se le paga con trigo en lugar de con dinero. Es un empleado ordinario que recibe un W2. Mi contable dice que no tenemos que retener el impuesto sobre la renta ni pagar la parte del impuesto FICA correspondiente al empleado o al empleador sobre sus ingresos, porque se trata de un "pago en especie".
Es difícil decir por qué esto suena dudoso, pero en mi experiencia con los impuestos, por lo general algo que crea una laguna legal obvia no se entiende correctamente. Por ejemplo, yo podría operar la granja como una corporación, hacerme un empleado, tomar todas las ganancias como "pago en especie", y no pagar el impuesto sobre el trabajo autónomo. Lagunas obvias = Creo que mi contable se equivoca al respecto.
¿Se equivoca mi contable al decir que el "pago en especie" no está sujeto al impuesto sobre las nóminas?
Si no es así, ¿tiene razón en parte, en el sentido de que hay algún cambio en los requisitos del impuesto sobre las nóminas relativos al "pago en especie", que podría explicar su posición?
¿Sería diferente la situación si también se le pagara en efectivo, como un 50% de reembolso en efectivo y un 50% de reembolso en trigo?
Por favor, indique la experiencia que tiene que justifica su respuesta. Gracias.