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¿Se puede eliminar el PMI sin refinanciar basándose en el aumento del valor de la vivienda?

Hoy me he puesto en contacto con mi prestamista y me ha dicho eso:

  • Si tengo el 78% de LTV de la tasación original de la vivienda, el PMI se elimina automáticamente; sin embargo,

  • Si vuelvo a tasar la vivienda y el valor aumenta, haciendo que el LTV sea del 78% o inferior, entonces tendré que refinanciar la vivienda para librarme del PMI (y supongo que eso suele conllevar gastos de cierre).

¿Es eso correcto? Si revalúo mi casa y demuestro que vale más que antes, tengo que pasar por todo el proceso de refinanciación?

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Esa puede ser la política de su prestamista; otros prestamistas pueden limitarse a utilizar una nueva tasación. El coste de la tasación (por ejemplo, 500 dólares), ¿le permite alcanzar el 80% si lo paga para el préstamo?

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Mi preocupación no es el coste de la tasación, sino los costes de cierre de la refinanciación.

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No es el caso. Si sólo fuera $500 or even $ A 2.000 de llegar al 80%, definitivamente no me preocuparía por nada de esto jeje :-)

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Matt Trunnell Puntos 131

El Ley de protección de los propietarios de viviendas de 1998 establece la normas mínimas para las hipotecas en relación con la cancelación del PMI. Hay dos formas de cancelarlo: de forma automática y a petición del prestatario.

Automático es cuando alcanza el 78% del valor original de la propiedad - en ese momento, el banco debe cancelar el PMI, independientemente del valor actual o de cualquier otro detalle.

La solicitud del prestatario es cuando el prestatario pide que se cancele. Requiere sólo el 80% del valor original (el menor de los precios de venta o la tasación en la compra ), pero también requiere que la casa no haya ido abajo en valor. Es posible que el prestamista exija una tasación para demostrar que el valor no ha bajado.

No hay nada en la ley que permita anularla basándose en una nueva tasación que demuestre que el valor ha resucitado Sin embargo. Es perfectamente posible que una hipoteca incluya una cláusula de este tipo; sin embargo, la ley no lo exige, así que depende de lo que se haya acordado en la firma.

Potencialmente podrías refinanciar, por supuesto, dependiendo de tu crédito y otros detalles, pero no sería gratis, obviamente.

Este es el texto:

Anulaciones solicitadas por el prestatario

Un prestatario puede iniciar la cancelación de la cobertura del PMI presentando una solicitud por escrito al administrador. El administrador debe tomar medidas para cancelar el PMI cuando

- El saldo principal del préstamo

- Está previsto que primero se alcance el 80 por ciento del valor original''4 (independientemente del saldo pendiente saldo pendiente), sobre la base de

- El plan de amortización inicial (en el caso de un caso de un préstamo a tipo fijo)

- Los planes de amortización (en el caso de un préstamo de tipo variable) o

- Alcanza el 80 por ciento del ''valor original'' basado en los pagos reales

- El prestatario tiene un buen historial de pagos5

- El prestatario satisface cualquier requisito de la titular de la hipoteca para

- Pruebas de un tipo establecido de antemano que el valor de la propiedad no ha disminuido por debajo del valor original y

- Certificación de que el patrimonio del prestatario en la la propiedad no está sujeta a un gravamen subordinado

Y las notas a pie de página:

  1. El valor original se define como el menor de los precios de venta de de la propiedad garantizada, como se refleja en el contrato de compra, o el valor de tasación en el momento de la consumación del préstamo.

  2. Un prestatario tiene un buen historial de pagos si (1) no ha no ha efectuado ningún pago con sesenta días o más de retraso en los los primeros doce meses de los últimos dos años anteriores a la fecha de cancelación o (2) no ha efectuado un pago vencido de treinta días o más en los doce meses anteriores a la fecha de cancelación. la fecha de cancelación.

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Gran respuesta. Siempre me he preguntado por qué no es automático el 80% en lugar del 78%. Además, la nota 5 a veces se interpreta extrañamente en el sentido de que usted debe haber tenido el préstamo durante al menos 12 meses también: money.stackexchange.com/q/44967/17718

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Eso sí que responde a la mayoría de mis dudas menos a una: si revalorizo (apuntando al 80%) y el valor no ha bajado, ¿me pueden obligar a refinanciar ?

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@Phil Nadie puede fuerza para refinanciar. Si se vuelve a tasar y el valor no es inferior al original, y estás en tu pago del 80% o menos del calendario (ignorando ahora la nueva tasación), deben quitarte el PMI. Este número del 80% está claramente establecido en la documentación de tu hipoteca, si todavía la tienes: tanto ese número como el del 78% deberían estar explícitamente indicados en la lista completa de pagos. (Aunque yo no tengo PMI, la documentación de mi hipoteca lo indicaba, por ejemplo). Esa lista debería mostrar cada uno de los pagos y cuánto es el capital/interés de cada uno.

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