Presté dinero a un familiar en mi país natal con fondos que tenía en ese país. Mi pariente nunca me devolvió el dinero. ¿Puedo deducirlo como pérdida por préstamo incobrable en mi declaración de impuestos americana?
Respuesta
¿Demasiados anuncios?
Nick
Puntos
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Según Hacienda:
Para deducir un crédito incobrable, debe demostrarlo:
- en el momento de la transacción existía la intención de realizar un préstamo y no una donación; Y
- no tiene ninguna expectativa razonable de que la deuda incobrable no comercial sea devuelta.
Así que si cumples los requisitos básicos, entonces generalmente sí, puedes deducirlos de tus impuestos.
Sin embargo, como siempre, consulte a un contador público profesional para cualquier determinación fiscal definitiva.
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¿Tiene usted probado para cobrar el préstamo? Eso es lo que se requiere para deducir el préstamo independientemente de las demás circunstancias.
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También tendrá que tener algo por escrito que indique que es un préstamo, de lo contrario es probable que se clasifique como un regalo (y no deducible)
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Si usted es un residente fiscal en Estados Unidos o un no residente que elige para ser tratado como residente fiscal en EE.UU., entonces espero que haya estado declarando los ingresos recibidos (por ejemplo, los intereses) en esa cuenta extranjera en su declaración de la renta de EE.UU. y declarando la existencia de todas las cuentas bancarias no estadounidenses a efectos del FBAR,