John Cochrane afirma que, si la covarianza entre el factor de descuento estocástico y la retribución es cero, la aversión al riesgo no debería influir en la fijación de precios. No entiendo muy bien por qué es así. Dado que en la fórmula de fijación de precios P = E(Mx) con M como el FDS y x como el pago, si tengo una aversión al riesgo diferente, ¿no debería cambiar el precio? ¿O es esta afirmación con respecto a que simplemente no hay prima de riesgo en este caso incluso con diferente aversión al riesgo?
Pero Cochrane define $R_f$ como 1/E(M), por lo que la relación de utilidades marginales y, por tanto, la aversión al riesgo sigue entrando en la fórmula de fijación de precios, ¿no?
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