En el contexto de la supervisión del cumplimiento y el abuso del mercado, ¿qué umbral de cambio relativo elegiría para decidir si las transacciones deben ser examinadas?
Por ejemplo, si el precio de un bono tuvo un cambio de precio relativo de +/- X% y el bono se vendió o compró alrededor del momento en que se produjo el movimiento de precios, podría haber un abuso de mercado (por ejemplo, conocimiento de información privilegiada).
Intento conseguir un nivel decente para evitar falsos positivos (la mesa negocia principalmente con bonos EM).