La única que se me ocurre es la de la Seguridad Social, y parece que la deportación anula específicamente las prestaciones de la SS:
"La sección 202(n)(1) o la sección 223 de la ley prohíbe al titular del número (NH) de un registro de la Seguridad Social recibir sus beneficios de jubilación y/o discapacidad del título II cuando la SSA recibe una notificación del DHS de que el NH ha sido deportado o expulsado de los Estados Unidos en virtud de cualquiera de las secciones de la INA que se enumeran en las definiciones de RS 02635.001C." https://secure.ssa.gov/apps10/poms.nsf/lnx/0302635001
Parece que si de alguna manera pudieras conseguir la residencia permanente de nuevo, podrías conseguir que te restablecieran las prestaciones, pero probablemente sea demasiado trabajo hacer eso sólo para tener acceso a las prestaciones. Además, si tienes personas a tu cargo, es posible que puedan obtener la SS, aunque tú no puedas.
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¿De qué dinero concreto hablas? ¿Dinero que le pertenecía en una cuenta bancaria de Estados Unidos? ¿Dinero que le debe un empleador anterior? ¿Pensión? etc.
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Los Estados Unidos tienen una acuerdo de totalización con el Reino Unido, que creo que normalmente permitiría contar con los créditos de la Seguridad Social de EE.UU. para tener derecho a las prestaciones de jubilación del Reino Unido. No estoy seguro de si la deportación afecta a esto.