He hecho ventas a mi cliente, pero no pude cobrar el pago, así que lo hice como una mala deuda. Ahora estoy preparando el regreso de GS/HST a CRA.
Estoy seguro de que no necesito reportar el monto de impuestos cancelados a CRA (en la Línea 103). Pero no estoy seguro del monto de ventas cancelado.
Pregunta: ¿Debo reportarlo como ventas (en la línea 101) o no?
Gracias.