Se supone que los bonos de cupón cero que tienen una fecha de vencimiento superior a un año han devengado intereses de todos modos, y estos intereses imputados deben declararse anualmente si el bono se mantiene en una cartera sin ventajas fiscales. En una cartera con ventajas fiscales (por ejemplo, una IRA o un plan 401(k)), no existe este requisito de declaración; el custodio puede listar el bono de cupón cero a su valor de mercado el 31 de diciembre para informar del valor de la cuenta el 31 de diciembre.
En el caso de los bonos municipales de cupón cero, los intereses están, por supuesto, exentos de impuestos a efectos de impuestos federales (y nadie en su sano juicio los mantendrá en una cartera con ventajas fiscales, como una cuenta IRA o un plan 401(k), pero es una opinión diferente). Hace tiempo, los ingresos por intereses de los bonos municipales ni siquiera tenían que figurar en el formulario 1040, pero hoy en día, figuran en la línea 8b del formulario 1040.
Los bonos de ahorro estadounidenses de la serie EE son bonos de cupón cero pero están exentos de la obligación de declarar los intereses imputados; por defecto, los intereses se gravan cuando se cobra el bono. Sin embargo, a veces es mejor que los hijos declaren los intereses a medida que se van ganando cada año y que tributen a un tipo bajo (incluso podría ser un tipo cero) que tributar todo en el año en que se cobran los bonos para pagar la matrícula universitaria, etc.
Ver lo que dice la FINRA sobre los bonos de cupón cero y la imposición de sus intereses.