Sí. COBRA es una ley que establece que la empresa debe prorrogar durante 18 meses el derecho de un empleado despedido a su plan de salud, pero usted debe pagar la totalidad de la prima y, potencialmente, una tasa administrativa de hasta el 2%. Las advertencias generales son: hay un tamaño mínimo del empleador, no se puede despedir por "negligencia grave", pero la terminación puede ser involuntaria, y en algunas circunstancias se puede obtener un período de elegibilidad de COBRA de 36 meses.
COBRA no es un programa federal independiente; es una norma que los empleadores están obligados a cumplir. Usted se inscribió en el plan del empleador nº 1 y luego se dio de baja y pudo acogerse a COBRA, y luego, de forma totalmente independiente, se inscribió en el plan del empleador nº 2 y luego se dio de baja y pudo acogerse a COBRA. Los dos eventos que dan derecho a COBRA son independientes el uno del otro.
También tendrá sus periodos de inscripción especial para la cobertura individual en función de sus fechas de baja.
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Buena pregunta, pero no veo por qué no.
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El Departamento de Trabajo mantiene una sección de preguntas frecuentes sobre COBRA, que no responde explícitamente a esta cuestión pero que puede ser útil: dol.gov/sites/default/files/ebsa/about-ebsa/our-activities/