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¿Puedo reclamar a mi hijo antes de que nazca?

Tengo un hijo en camino, que está previsto que nazca hacia octubre. He oído que si el niño nace antes de que termine el año, se obtiene el beneficio para todo el año. ¿Es esto cierto?

¿Podría reclamar ahora el niño como subsidio y obtener el beneficio?

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Pero si ocurre lo desafortunado y el niño aborta o nace muerto, no se obtiene la prestación; sólo si el niño nace vivo (aunque luego muera) se obtiene la prestación; así que existe el riesgo de "contar los pollos antes de que nazcan".

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¿Te refieres a una asignación de retención en tu formulario W-4? Puedes reclamar todas las que quieras (por ejemplo, si tienes muchas deducciones detalladas). El único problema es que si no retiene lo suficiente para cubrir su factura fiscal, podría incurrir en una multa por pago insuficiente.

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tobes Puntos 19

Con el nuevo código fiscal, no hay "exenciones" personales, sino un crédito fiscal por hijos ampliado. Así que los que tienen un hijo menor de 17 años tienen un beneficio que reclamar.

Sí, puede ajustar los subsidios para tener en cuenta esto. De hecho, se le permite abrir una cuenta 529 también una vez que el embarazo está documentado. Esto también forma parte del nuevo código fiscal.

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