El comprador hace una oferta. Se hace una contraoferta. El comprador ha visto mientras tanto otra casa que prefiere, por lo que decide ignorar la contraoferta. ¿Puede entonces el vendedor aceptar la oferta original? ¿Hay alguna diferencia si la contraoferta es escrita o verbal?
Pero nada impide al vendedor rescatar la contraoferta, y ofrecer las condiciones ofrecidas por el Comprador -- el Comprador no tiene obligación de aceptar, pero ellos hicieron esa oferta por la casa.
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Se necesita una oferta y aceptación por escrito para una casa. Y verás que incluso con la oferta y la aceptación por escrito, el contrato tendrá cláusulas contingentes.
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La pregunta "¿Está el vendedor autorizado?" sólo puede evaluarse en función de las consecuencias de que el comprador no cumpla la oferta de compra original, una vez aceptada. Dado que la penalización de las arras no entra en vigor hasta después de la diligencia debida, el comprador puede efectivamente echarse atrás sin penalización. Los contratos sólo son ejecutables si existe una penalización por incumplimiento, como la pérdida de las arras.