Colaboradores,
Tengo una pregunta muy concreta. Tengo doble nacionalidad europea y estadounidense. Vivo en Francia. Declaro mis ingresos en cuentas de inversión francesas a EE.UU., y en general cumplo con los impuestos.
Aporto cada año a un plan de jubilación francés exento de impuestos, llamado PERP. En Francia, las aportaciones a este plan son deducibles de la renta (a efectos fiscales), hasta un 10% de los ingresos aproximadamente. Mi pregunta es la siguiente: En virtud del tratado fiscal entre Estados Unidos y Francia, ¿estas aportaciones también son deducibles de los ingresos en Estados Unidos, o no?
Gracias por sus respuestas.
Robert