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¿Deducibilidad de las comillas de jubilación en el extranjero?

Colaboradores,

Tengo una pregunta muy concreta. Tengo doble nacionalidad europea y estadounidense. Vivo en Francia. Declaro mis ingresos en cuentas de inversión francesas a EE.UU., y en general cumplo con los impuestos.

Aporto cada año a un plan de jubilación francés exento de impuestos, llamado PERP. En Francia, las aportaciones a este plan son deducibles de la renta (a efectos fiscales), hasta un 10% de los ingresos aproximadamente. Mi pregunta es la siguiente: En virtud del tratado fiscal entre Estados Unidos y Francia, ¿estas aportaciones también son deducibles de los ingresos en Estados Unidos, o no?

Gracias por sus respuestas.

Robert

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rfunduk Puntos 15267

No soy contable ni asesor financiero.

Consulte el tratado fiscal correspondiente.

Este documento explicativo del IRS dice:

En Estados Unidos, los planes que pueden acogerse automáticamente a las prestaciones de párrafo 2 incluyen una pensión francesa u otro acuerdo de jubilación organizado bajo la legislación francesa en materia de seguridad social.

que también tiene

una persona física, con respecto a los dividendos de los que es titular de dicha persona y derivados de la inversión en un plan de jubilación en virtud del cual las contribuciones o los beneficios acumulados reciben un tratamiento fiscal favorable de acuerdo con la legislación de Estados Unidos

en virtud del apartado 4(vi)(e)(ii)(cc) (¡cómo es eso de la sangría!).

Conclusión: no lo tengo claro, pero parece que las contribuciones pueden serlo.

Es necesario consultar a alguien que conozca el tratado.

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