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Debo presentar una declaración de la renta modificada si devuelvo la ayuda a la matrícula (después de presentar mi declaración) que mi empleador proporcionó en 2017?

Estoy devolviendo 24.500 dólares de ayuda a la matrícula que recibí en 2017.

Los primeros 5xxx y pico no tributaron pero el resto apareció en mi W2 de 2017 como ingreso. Ahora que lo estoy devolviendo, espero presentar una declaración enmendada de 2017 una vez que haga mi reembolso final en junio.

¿Es esta la acción correcta a tomar? No entiendo si ese ingreso de 2017 realmente desaparece o si mi ingreso de 2018 se modifica de alguna manera, o algo totalmente distinto.

También probé a poner mi sueldo reducido en turbotax y me indicaba que tendría importantes retenciones de impuestos que tendría que reclamar a mi antiguo empleador o a través del formulario 843.

Si importa, mi antiguo empleador me pagó directamente como una nómina normal, por lo que mi 1098-T indica que yo mismo pagué el importe total de la matrícula.

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¿En qué condiciones se le entregó? Si se trataba de un préstamo, no deberías haberlo declarado como ingreso, y deberías presentar tu declaración actual sin incluirlo.

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Lo estoy devolviendo porque estaba supeditado a la continuidad del empleo durante varios años y opté por renunciar. Así que no, no fue un préstamo y fue reportado por mi empleador como parte de mi salario general en mi w2.

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Resulta que la respuesta es que NO presentaría el 1040x.

Esta situación puede generalizarse como una devolución del exceso de salario en un ejercicio fiscal posterior.

Hay dos soluciones a este problema:

  1. En el ejercicio fiscal en el que se realizó la devolución, el contribuyente puede obtener una deducción detallada por el importe del reembolso en la línea 28 del Anexo A. Esto no está sujeto a la regla del 2% del AGI.
  2. En primer lugar, vuelva a calcular los impuestos del año anterior como si no se hubiera realizado el pago en exceso y determine la diferencia "C" entre los impuestos originales y los corregidos. A continuación, en el ejercicio fiscal en el que se efectuó el reembolso, el contribuyente puede solicitar un crédito por el importe "C" en la línea 73 del formulario 1040 con arreglo a la norma IRC 1341.

El contribuyente puede elegir cuál de las dos soluciones emplear.

Tenga en cuenta que si el reembolso es inferior a 3.000 $, sólo se aplica la opción 1 y estará sujeto a la regla del 2% del AGI.

Fuente: [1] https://www.irs.gov/publications/p525#en_US_2013_publink1000229600 [2] https://ttlc.intuit.com/questions/2236424-what-is-the-irc-1341-repayment-credit-in-layman-s-terms

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