Soy propietario y vivo en mi residencia principal desde hace unos 3 años. Estoy a punto de venderla en unos meses y, al buscar información fiscal en Internet, he visto muchas referencias tanto a la Sección 121 como al Intercambio 1031, y a menudo el mismo artículo los menciona uno al lado del otro, lo que puede resultar confuso.
Según tengo entendido, el artículo 121 permite excluir las ganancias de hasta $250,000/$ 500.000 (si es soltero o casado, respectivamente), independientemente de si compra una vivienda nueva o no, siempre que la vivienda haya sido su residencia principal durante dos o más años en los últimos cinco. Se trata de un criterio muy diferente al del Intercambio 1031 (que parece ser para propiedades de inversión y no para residencias principales).
Sólo quería confirmar que la exclusión fiscal prevista en el artículo 121 no está supeditada a la compra de una vivienda nueva.