Supongamos que un contratista independiente (CI) tiene un lugar principal de negocios (ubicación A) en el que el CI proporciona un servicio a un cliente. Sin embargo, con cierta regularidad, el CI proporciona el servicio en el lugar principal de negocios del cliente (ubicación B). La cantidad de horas gastadas (por día en la ubicación B) es considerable, por lo que el CI trae un almuerzo casero a la ubicación B.
En los Estados Unidos, ¿se puede deducir el "Costo Real" del almuerzo casero del contratista independiente del ingreso imponible?
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¿Qué tan lejos está la ubicación B? ¿Estamos hablando de "en las afueras" o "tres horas en coche"? ¿Con qué regularidad sucede esto?
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15 minutos en coche, 1-2 días a la semana