El título lo dice todo: estoy trabajando para la empresa A y ahora me voy. A sus clientes, los clientes A, B, C y D, les gusta mucho el trabajo que hago y me han comentado personalmente lo útil y bien hecho que está.
Cuando me vaya, ¿hay algo que me impida legalmente ponerme en contacto con los clientes A, B, C y D y ofrecerles los mismos servicios pero como autónomos?
Entiendo que pueden ser leales a la empresa A y que pueden informar a la empresa A de que les he ofrecido los mismos servicios fuera del entorno de la empresa A, lo que podría poner en peligro mi referencia, pero mi pregunta no se refiere a eso: quiero saber, en términos legales, si puedo hacerlo.
Que yo sepa, no hay nada en mi contrato que diga que un empleado no puede hacer esto después de ser contratado (básicamente, no dice que yo no puede hacerlo).
Tengo mi sede en Londres, Inglaterra.
(También hay que tener en cuenta que no he podido encontrar una etiqueta específica que se adapte a esta pregunta; si puede clasificarla explícitamente, hágalo).
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¿Qué significa "jeapordise"?