Soy programador por cuenta ajena, oficialmente no trabajar desde casa.
Un amigo me dijo, que puedes desactivar tu ordenador personal y hasta determinados valores, no tendrías que demostrar tu uso relacionado con el trabajo.
Utilizo mi ordenador particular para la investigación y las cosas relacionadas con el trabajo un 25-50% del tiempo, pero no puedo demostrarlo por escrito.
Según Lohnsteuer-kompakt.de La investigación es una actividad legítima relacionada con el trabajo y, si no es posible clasificar la relación privada/profesional, se asumirá el 50/50.
El ordenador ha costado unos 2000€.
50% -> 1000€
Los demás costes netos que superen los 487,90 euros (IVA incluido) no pueden compensarse de una vez, sino a lo largo del tiempo estimado de uso (por ejemplo, 3 años).
1000 / 3 -> 333€ al año
Parece claro, pero una máquina tan potente y cara no es ni mucho menos necesaria para mi uso laboral.
¿Puedo compensar mi ordenador, de forma parcial, con la deuda tributaria?
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Creo que has entendido bien lo básico. Un ordenador de 2000 euros es razonable para un programador, supongo. Deberías estar seguro asumiendo la división 50/50, yo asumiría que otros programadores incluso van por el 100%.
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En Estados Unidos, los ordenadores se consideran "bienes cotizados", lo que tiene algunas consecuencias fiscales interesantes: investopedia.com/terms/l/listed-property.asp No sé si Alemania tiene leyes similares, pero los estadounidenses que lean esto deberían ser precavidos.