Supongamos que un extranjero no residente, que visita ocasionalmente EE.UU. como turista, pero que resulta que también tiene un número de la seguridad social (emitido mientras estaba con un visado académico hace muchos años), abre una cuenta bancaria en EE.UU. que ofrece una bonificación en efectivo. El banco afirma que:
"La bonificación se declarará como interés ganado en el formulario 1099-INT del IRS y el beneficiario es responsable de los impuestos aplicables"
El extranjero no residente no está sujeto a ningún impuesto sobre la renta de EE.UU. ni está obligado a presentar ningún informe al IRS.
¿La recepción de dicha bonificación, junto con el consiguiente informe del banco a Hacienda, supondría que el extranjero tuviera que empezar a presentar la declaración de la renta? ¿Existen otras implicaciones de esta declaración a Hacienda?
(para completar el cuadro, ese extranjero declararía esos ingresos en su país de origen, que tiene un tratado fiscal con EE.UU. para evitar la doble imposición, por lo que esta pregunta se refiere únicamente a evitar una posible pesadilla burocrática. Al extranjero tampoco le importaría que el banco le retuviera alguna cantidad de impuestos, siempre y cuando no se le exigiera la presentación de declaraciones, etc.)