Sólo estará exenta del impuesto FICA (impuestos del seguro Social y Medicare, el impuesto) si fue extranjero no residente a efectos fiscales, y que están trabajando legalmente en ciertos estados específicos, incluyendo F-1 o J-1 o ciertos diplomática de los estados. No residentes extranjeros en otros estados, así como a todos los extranjeros residentes independientemente de su estado, están sujetos a impuestos FICA.
Usted dijo que estaba en OPT, que es la F1 de estado. Si usted todavía está el mantenimiento de la F1, por ejemplo, si usted todavía está en OPTAR y de trabajo completamente dentro de OPTAR directrices y siguientes OPTAR restricciones, entonces (suponiendo que usted sigue siendo un extranjero no residente, que para la F1, generalmente significa que usted está dentro de los primeros 5 años del calendario de la F1) que todavía están exentos de impuestos FICA. De lo contrario, si no está en la F1 de estado, incluyendo si usted utiliza su no-OPT EAD a los trabajos que se viole la F1 de estado (que suena como lo que están haciendo), entonces usted no está exento de impuesto FICA.