Me desconcierta el término probabilidad marginal de incumplimiento. He visto que algunos autores lo definen como un término sinónimo de probabilidad condicional de incumplimiento
probabilidad condicional de incumplimiento: probabilidad de incumplimiento dado que aún no ha ocurrido un incumplimiento.
Que se resuelve de la siguiente manera:
$PD_{condicional} = \frac{P(incumplimiento\_en\_cualquier\_momento\_antes\_del\_periodo\_t1) - P(incumplimiento\_en\_el\_periodo\_t0)}{1-P(incumplimiento\_en\_el\_periodo\_t0)}$
También lo he visto definido como:
La función de densidad de tiempo de incumplimiento o probabilidad de incumplimiento marginal es la derivada de la distribución de tiempo de incumplimiento con respecto a t:
$\frac{\partial}{\partial t}P[t^*
Donde
$t^*$ es el tiempo de incumplimiento
$t$ es el momento que estamos observando
$\lambda$ es la tasa de peligro
$F(t)$ = distribución acumulada de tiempo de incumplimiento = $P[t^*
Pregunta
¿Significa esto que $\lambda e^{-\lambda t}$ es una aproximación de la probabilidad condicional de incumplimiento?