A menos que las cantidades sean muy pequeñas, es MUCHO mejor incorporarlas.
En primer lugar, la constitución de una sociedad le ofrece una responsabilidad limitada por sus actos como empleado. Como individuo, tiene una responsabilidad ilimitada.
En segundo lugar, constituir una sociedad le permite deducir (a efectos fiscales) los costes de la actividad empresarial, incluidos todos los seguros médicos, la mayor parte del transporte y algunas comidas.
La excepción a la regla es si las cantidades que se ganan son tan pequeñas que no cubren los gastos de constitución, los gastos de contabilidad, etc. (unos pocos cientos, o como mucho unos pocos miles de dólares).
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Una pregunta muy similar: money.stackexchange.com/questions/1021/
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Podría valer la pena mencionar el Estado en el que se encuentra, ya que tengo entendido que la protección ofrecida por una LLC difiere de un Estado a otro en los Estados Unidos.