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Debido a la derogación de la DOMA, ¿puedo excluir los ingresos imputados si modifico las declaraciones de años anteriores?

Mi mujer y yo nos cubrimos mutuamente con nuestra cobertura sanitaria para empleados (cinturones y tirantes, ¿vale?) y, por lo tanto, cada uno incurre en ingresos imputados sobre el valor de esa cobertura. Vivimos en un estado que reconoce nuestro matrimonio.

Tengo entendido que, dada la derogación de la DOMA, deberíamos poder, salvo acción adversa del IRS, modificar nuestras declaraciones de impuestos de 2010, 2011 y 2012 a la presentación conjunta de matrimonio. Si también podemos excluir los ingresos imputados, es posible que se nos devuelva el dinero.

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John Bensin Puntos 14597

Sí.

El Tesoro acaba de publicar directrices fiscales actualizadas para los matrimonios del mismo sexo y el documento establece específicamente que

los empleados que adquirieron de sus empleadores una cobertura de seguro médico para cónyuges del mismo sexo después de impuestos pueden considerar las cantidades pagadas por esa cobertura como antes de impuestos y excluibles de los ingresos.

Las personas que contrajeron matrimonio con personas del mismo sexo pueden, aunque no están obligadas a ello, presentar declaraciones originales o enmendadas en las que opten por ser consideradas como casadas a efectos del impuesto federal para uno o más ejercicios fiscales anteriores que aún estén abiertos por la ley de prescripción. Todavía se pueden presentar solicitudes de reembolso para los años fiscales 2010, 2011 y 2012.

La pregunta 10 (Q10) del Preguntas frecuentes de Hacienda sobre las parejas del mismo sexo da más detalles:

Por lo general, un contribuyente puede presentar una solicitud de devolución durante tres años a partir de la fecha de presentación de la declaración o dos años a partir de la fecha de pago del impuesto, lo que sea posterior. Si un empleador proporcionó cobertura sanitaria al cónyuge del mismo sexo de un empleado, éste puede reclamar la devolución de los impuestos sobre la renta pagados por el valor de la cobertura que se habría excluido de los ingresos si el cónyuge del empleado hubiera sido reconocido como cónyuge legal del empleado a efectos fiscales. Esta solicitud de reembolso suele realizarse mediante la presentación de un formulario 1040 modificado.


El documento también hace varios otros puntos que pueden o no ser relevantes para su situación específica, pero son buenos para tener en cuenta. Citaré la mayor parte al pie de la letra:

  1. Todos los matrimonios legales entre personas del mismo sexo serán reconocidos a efectos fiscales federales. Si una pareja se casó legalmente en una jurisdicción que reconoce su matrimonio, será tratada como casada independientemente del lugar de EE.UU. en el que viva ahora. Sin embargo, la sentencia no se aplica a las parejas de hecho registradas, las uniones civiles o las relaciones formales similares reconocidas por la legislación estatal.

  2. En virtud de la sentencia, las parejas del mismo sexo serán tratadas como casadas a todos los efectos fiscales federales, incluidos los impuestos sobre la renta y sobre las donaciones y el patrimonio. La sentencia se aplica a todas las disposiciones fiscales federales en las que el matrimonio es un factor La información sobre los impuestos sobre la renta de las personas físicas, incluyendo el estado de declaración, la solicitud de exenciones personales y de dependencia, la deducción estándar, los beneficios de los empleados, la contribución a una cuenta IRA y la solicitud del crédito de impuesto sobre la renta de las personas físicas o el crédito de impuesto sobre los niños.

  3. Las parejas del mismo sexo legalmente casadas deben, por lo general, presentar su declaración de la renta federal de 2013 utilizando el estado de declaración "casado que presenta una declaración conjunta" o "casado que presenta una declaración por separado".

Estas son sólo las directrices básicas. Como siempre, hable con un profesional de los impuestos para asegurarse de que presenta sus declaraciones enmendadas correctamente. Las declaraciones enmendadas no son nada nuevo para el IRS, pero la derogación de la DOMA sí lo es; no está de más tener a alguien que te represente ante el IRS en caso de que algunos formularios no sean 100% correctos.

Además, también querrá hablar con un profesional de la fiscalidad porque puede enfrentarse a otros cambios financieros que vienen con estar casado también. No sé si todas ellas se aplicarán en tu caso, pero conviene entenderlas por si acaso. La respuesta de Keith es muy completa, así que no entraré en detalles aquí.

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