11 votos

Teniendo en cuenta esta redacción del contrato, ¿cuándo debo pagar el alquiler?

Es la primera vez que tengo que pagar el alquiler del piso yo sola y tengo algunas dudas sobre cuándo debo pagarlo. El contrato de alquiler dice:

... a más tardar el quinto día hábil siguiente al inicio del arrendamiento en el ritmo de 30 días ...

Me mudé a este piso el 18 de marzo, así que no estoy seguro de si debo considerar el ritmo de 30 días a partir de ese día o a partir del día 1 de cada mes.

63 votos

Esta es una pregunta para tu casero. Nosotros podemos interpretar la sentencia tan bien como tú, pero son ellos cuya expectativa debes cumplir.

14 votos

Vaya, ¿es un contrato estándar? ¿El casero es nativo?

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He vivido en apartamentos (EE.UU.) toda mi vida y nunca he estado en uno donde la fecha de vencimiento no fuera el día 1 del mes con el primer mes de alquiler prorrateado desde la fecha de mudanza hasta el final del mes. No me habría imaginado que alguien se molestara en hacer un contrato de alquiler que dijera lo contrario.

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swagner88 Puntos 166

Pregúntaselo a tu casero y acuerda una fecha con él. Por la forma en que está redactada la sentencia, yo supondría que se espera que pagues antes de que acabe el día 23, pero en realidad, no hay razón para no llamar a tu casero para asegurarte.

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Para tu información, los caseros conceden un periodo de gracia de 5 días, pero pagar el último día, considerándolo como "fecha de vencimiento", está mal visto.

9 votos

Y no olvides que pagas cuando el dinero llega a la cuenta del propietario, no cuando haces el traspaso ;)

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Nitpick - Suponiendo que estamos en 2019, ¿el quinto día hábil sería el 25 (lunes) y no el 23 (sábado)?

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jrlevine Puntos 91

En fecha de vencimiento es la fecha de aniversario (el día 18), o el primero de mes, dependiendo de cuál sea tu acuerdo con el propietario.

La mayoría de la gente espera tener un período de gracia para cubrir descuidos honestos, fallos bancarios, etc. Y se espera que no vayas a depender de este periodo de gracia todos los meses, o al menos que sea de tus manos Por ejemplo, si el cheque del alquiler se envía por correo y lleva matasellos del día 1/18 de cada mes, el tiempo de tránsito postal no se tendrá en cuenta en su contra.

Este contrato establece formalmente el periodo de gracia, y lo define en 5 días hábiles. No te da 5 días más antes de que empiece el periodo de carencia. En es el período de gracia .

La respuesta adulta es hacer todo lo posible para que el alquiler se pague a tiempo, por ejemplo el 18 o el 1.

Si sobrepasas los límites del periodo de carencia todos los meses, el propietario tiene todo el derecho a juzgarte por ello y actuar en consecuencia. Puede decir a tus referencias que eres un moroso. Puede decidir que no quiere hacerte ningún otro favor. Puede decirte que te mudes (de acuerdo con el contrato y la ley).

2 votos

Y si pagas puntualmente cada mes, él puede todavía hacer la mayoría de esas cosas.

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@nanoman Pero estaría mintiendo. Supongo que si esas mentiras te causaran problemas legales o económicos, tendrías motivos para emprender acciones legales contra él.

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DotDot Puntos 1234

Esa redacción es ridícula, pero también lo es la idea de que la fecha de vencimiento sea cada 30 días a partir del inicio del arrendamiento (18 de marzo). Llevar la cuenta de la fecha de vencimiento sería una carga innecesaria para ambas partes del contrato. Por ejemplo, las siguientes fechas de vencimiento serían el 17 de abril, el 17 de mayo, el 16 de junio y así sucesivamente, hasta volver a marzo, cuando sería el 13 de marzo de 2020. Quédate hasta julio de 2022, y tendrás el privilegio de pagar dos veces en el mes, el 1 y el 31 de julio.

Así que el periodo de 30 días no puede ser realista, y tiene que ser el primero del mes. Pero siempre pasan cosas raras, así que tendrás que confirmarlo con tu casero, claro.

Mi experiencia ha sido que cuando empiezas a mediados de mes, el alquiler se prorratea, lo que significa que te cobran una tarifa diaria (basada en la tarifa mensual) por el número de días que quedan de mes. A partir de ese momento, pagarías el alquiler mensual completo el primer día del mes.

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passerby Puntos 106

Se paga al cierre del quinto día laborable después del aniversario mensual. No debería haber ningún problema, ya que el día 18 no es ni mucho menos final de mes, periodo para el que está pensada esta fórmula.

Los días laborables no son los días de fin de semana, las fiestas religiosas fijas, los días festivos de verano, etc.

Tenga en cuenta que el "día en que se mudó" puede no coincidir con el "inicio del arrendamiento". Esta fecha debe estar clara.

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