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¿Es el beneficiario del seguro de vida responsable de la deuda?

Mi madre y mi padre se estaban divorciando, pero no era definitivo en el momento de su muerte. Ella me había hecho su único beneficiario. ¿Soy responsable de alguna de las deudas que tenían mis padres?

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Si me das más detalles sobre cuándo se obtuvo la póliza, quién pagó la prima, cuándo te nombraron beneficiario y cualquier otro acontecimiento vital importante que haya tenido tu madre después de nombrarte beneficiario, podré darte una idea mejor de qué tipo de impugnaciones legales podrían ser posibles.

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Francisco Presencia Puntos 182

No es cierto.

Siento lo que está pasando en tu vida que sin duda es mucho drama además de la pérdida de tu madre.

Una ventaja de que los bienes pasen sin pasar por la legalización es que no tienen que responder por las deudas de la herencia (normalmente). El seguro de vida es suyo libre de cargas.

No es necesario que pague los gastos finales, pero le sugiero que lo haga. Asegúrate de que tu madre tenga un buen funeral.

Es de suponer que tu madre iba a recibir parte de las deudas conyugales si el divorcio hubiera prosperado. ¿Ahora tu padre se queda con todas las deudas o la herencia de tu madre recibe su parte? No lo sé. Puede que quieras hablar con el abogado de tu madre sobre eso.

Supongamos que tu padre tiene ahora toda la deuda conyugal. ¿Deberías pagar tú parte de ella? Depende de la relación que tengas con tu padre, de su relación con el dinero y de los motivos del divorcio. Pero es una decisión que puede distanciarte de tu padre durante algún tiempo.

Si su patrimonio recibe su parte de la deuda conyugal, entonces no hay necesidad de pagarles.

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"Supongamos que tu padre tiene ahora toda la deuda conyugal. ¿Deberías pagar tú parte de ella?" - Cuidado con las implicaciones fiscales. Técnicamente podría considerarse una donación, que a menudo está sujeta a impuestos.

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Respuesta correcta, algo desacertada en el razonamiento, en mi opinión. Suponiendo que la OP se encuentre en los EE.UU., entonces la ley de su estado probablemente establece que el seguro de vida por lo general no entra en el cálculo de los activos y las deudas de la herencia del difunto, sino que va directamente al beneficiario. (Digo "probablemente" porque, dado que se trata de una cuestión jurídica, la OP tendría que hablar con un abogado de su jurisdicción al respecto para obtener una respuesta decisiva, y porque, dado que no conocemos el estado concreto en el que se encuentra la persona que pregunta, sólo podemos hablar de la norma más comúnmente aplicable).

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Pero la conclusión general es muy probablemente correcta (en mi opinión).

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emk Puntos 27772

No se pueden heredar deudas, y los únicos casos en los que el seguro de vida puede utilizarse para pagar las deudas de la herencia del fallecido son cuando no se nombró a un beneficiario vivo en la póliza.

Es posible que la designación del beneficiario del seguro de vida sea impugnada ante un tribunal, pero eso es mucho más difícil que impugnar un testamento. A menos que tu padre logre impugnar con éxito que te nombren beneficiario, ese dinero es tuyo y no incluye ninguna obligación de pagar deudas contraídas por tu madre.

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Sospecho que hay variaciones según la jurisdicción. Estoy bastante seguro de que yo, como persona casada en un estado de bienes gananciales, no puedo designar a otra persona que no sea mi cónyuge como beneficiario principal (al menos para determinados planes) sin obtener el consentimiento por escrito de mi cónyuge.

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@AdrianMcCarthy sabemos que la jurisdicción es Nueva York. La información adicional que pedí permitiría un debate más profundo.

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shub Puntos 191

Hay un ejemplo que se me ocurre en el que usted sería responsable de la deuda del titular de una póliza de seguro de vida: si su madre tenía un seguro de vida universal o un seguro de vida entera, habría tenido derecho a pedir prestado al emisor contra el saldo en efectivo de la póliza. El saldo del préstamo se deduciría de la prestación por fallecimiento cuando la póliza pagara, obligando así al beneficiario a pagar su deuda.

Esta deuda nunca podría ser superior al valor en efectivo de la póliza y, por supuesto, si tu madre sólo tuviera otro tipo de deudas, esto no se aplicaría en absoluto.

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En determinadas condiciones puede perder el valor del seguro de vida, pero después la deuda no es suya. Así que si tienes 100.000 en deuda 10.000 en seguro de vida no tienes que devolver los 90k. Usted simplemente no recibe el 10k

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