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Determinación de la residencia para los beneficios del tratado fiscal

Estoy tratando de determinar si califico para los beneficios de tratado fiscal, específicamente en el contexto del formulario W8-BEN. Necesito enviar este formulario porque tengo acciones estadounidenses, y por lo tanto estoy sujeto a impuestos en los dividendos de los EE. UU. Sé que preguntas similares han sido formuladas antes aquí, pero parecen estar todas relacionadas con estudiantes/becarios de investigación que viven en los Estados Unidos, lo cual no es mi caso.

Soy ciudadano del país A pero actualmente vivo, recibo ingresos y pago impuestos en el país B. El país A tiene un tratado fiscal con los EE. UU., y me gustaría saber si califico como residente del país A únicamente basado en mi ciudadanía.

Supongo que mi pregunta se reduce a: ¿la "residencia" para la elegibilidad para los beneficios de tratado fiscal es equivalente a "residencia a efectos fiscales"?

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Stephen Darlington Puntos 33587

No, no calificas únicamente en función de tu ciudadanía. Los tratados fiscales se basan en la residencia fiscal, para evitar problemas de doble tributación. Si no eres residente fiscal del país A, y el país tiene un tratado con Estados Unidos, ese tratado no se aplica a ti. Si fueras residente fiscal del país A, entonces ese tratado sí se aplicaría, independientemente de tu ciudadanía.

El único país donde la ciudadanía conduce automáticamente a la residencia fiscal es Estados Unidos en sí mismo, y sus cláusulas estándar de tratados fiscales incluyen una cláusula que permite excluir a sus ciudadanos de casi todas las disposiciones del tratado (la cláusula de "salvaguarda").

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