Estoy escribiendo para buscar orientación sobre mi situación de cumplimiento tributario como no inmigrante de un país extranjero A (donde no hay tratado tributario con Estados Unidos) que llegó a los Estados Unidos a mediados de 2019 con una visa de trabajo. En 2019, presenté mi declaración de impuestos (formulario 1040) como extranjero residente, calificando bajo la prueba de presencia sustancial debido a mi estancia en los EE. UU. Sin embargo, a finales de 2019, dejé mi trabajo y regresé a mi país de origen. Luego me uní y trabajé para la empresa de otro país B (donde hay tratado tributario con EE. UU.) para 2020 y 2021. Presenté las declaraciones de impuestos en el país B para 2020 y 2021. No tuve que presentar declaraciones de impuestos para los años 2020 y 2021 ya que no obtuve ingresos en los EE. UU. durante esos períodos. al regresar a los EE. UU. en 2022 con una visa de no inmigrante, presenté mi declaración de impuestos de 2022 (formulario 1040) como casado presentado conjuntamente, manteniendo mi estatus como extranjero residente para fines fiscales. sin embargo, recientemente descubrí el requisito de informar sobre cuentas bancarias extranjeras si el saldo global supera los $10,000. lamentablemente, omití informar los ingresos obtenidos de cuentas de ahorro en el país A e ingresos por intereses en la cuenta de ahorros en el país B.
Tengo algunas preguntas sobre mi situación actual:
- Opciones de cumplimiento tributario: ¿cuáles son mis opciones disponibles para garantizar el cumplimiento fiscal? ¿Es necesario enmendar mis declaraciones de impuestos de 2022 para incluir los ingresos por intereses y divulgar cuentas bancarias extranjeras en el país A y B? en el país A, los intereses son gravables y el banco retiene impuestos automáticamente de mi cuenta. Por lo tanto, los intereses ya están gravados en el país A, mi país de origen. El dinero que tengo en países extranjeros no proviene de ingresos de los EE. UU. ¿Debo enmendar las declaraciones de 2019 también?
- Presentación de FBAR: Dado mi descuido al informar sobre cuentas bancarias extranjeras del año anterior, ¿debo presentar de manera retroactiva el FBAR para el año 2022 antes de iniciar el proceso para el año actual? mi ahorro total es un poco más de $10,000.
- Procedimiento extraterritorial extranjero simplificado (SFOP): al mirar el sitio web del IRS, parece que también soy elegible para este proceso. Según ellos, se me solicita presentar o enmendar las declaraciones de los últimos 3 años y 6 años de FBAR. Para las declaraciones de impuestos de los últimos 3 años, ¿necesito presentarlo para 2020 y 2021 cuando no estaba en los EE. UU. y no tenía ingresos de fuente estadounidense? ¿Para los 6 años de FBAR, realmente necesito retroceder tanto o puedo simplemente completarlo para 2022 solamente? Agradezco su experiencia en este asunto y cualquier consejo que pueda proporcionar para ayudarme a cumplir con estos requisitos.