1 votos

Pregunta de Cumplimiento de Impuestos Extranjeros

Estoy escribiendo para buscar orientación sobre mi situación de cumplimiento tributario como no inmigrante de un país extranjero A (donde no hay tratado tributario con Estados Unidos) que llegó a los Estados Unidos a mediados de 2019 con una visa de trabajo. En 2019, presenté mi declaración de impuestos (formulario 1040) como extranjero residente, calificando bajo la prueba de presencia sustancial debido a mi estancia en los EE. UU. Sin embargo, a finales de 2019, dejé mi trabajo y regresé a mi país de origen. Luego me uní y trabajé para la empresa de otro país B (donde hay tratado tributario con EE. UU.) para 2020 y 2021. Presenté las declaraciones de impuestos en el país B para 2020 y 2021. No tuve que presentar declaraciones de impuestos para los años 2020 y 2021 ya que no obtuve ingresos en los EE. UU. durante esos períodos. al regresar a los EE. UU. en 2022 con una visa de no inmigrante, presenté mi declaración de impuestos de 2022 (formulario 1040) como casado presentado conjuntamente, manteniendo mi estatus como extranjero residente para fines fiscales. sin embargo, recientemente descubrí el requisito de informar sobre cuentas bancarias extranjeras si el saldo global supera los $10,000. lamentablemente, omití informar los ingresos obtenidos de cuentas de ahorro en el país A e ingresos por intereses en la cuenta de ahorros en el país B.

Tengo algunas preguntas sobre mi situación actual:

  • Opciones de cumplimiento tributario: ¿cuáles son mis opciones disponibles para garantizar el cumplimiento fiscal? ¿Es necesario enmendar mis declaraciones de impuestos de 2022 para incluir los ingresos por intereses y divulgar cuentas bancarias extranjeras en el país A y B? en el país A, los intereses son gravables y el banco retiene impuestos automáticamente de mi cuenta. Por lo tanto, los intereses ya están gravados en el país A, mi país de origen. El dinero que tengo en países extranjeros no proviene de ingresos de los EE. UU. ¿Debo enmendar las declaraciones de 2019 también?
  • Presentación de FBAR: Dado mi descuido al informar sobre cuentas bancarias extranjeras del año anterior, ¿debo presentar de manera retroactiva el FBAR para el año 2022 antes de iniciar el proceso para el año actual? mi ahorro total es un poco más de $10,000.
  • Procedimiento extraterritorial extranjero simplificado (SFOP): al mirar el sitio web del IRS, parece que también soy elegible para este proceso. Según ellos, se me solicita presentar o enmendar las declaraciones de los últimos 3 años y 6 años de FBAR. Para las declaraciones de impuestos de los últimos 3 años, ¿necesito presentarlo para 2020 y 2021 cuando no estaba en los EE. UU. y no tenía ingresos de fuente estadounidense? ¿Para los 6 años de FBAR, realmente necesito retroceder tanto o puedo simplemente completarlo para 2022 solamente? Agradezco su experiencia en este asunto y cualquier consejo que pueda proporcionar para ayudarme a cumplir con estos requisitos.

0voto

Phil Puntos 11

Por años has sido residente fiscal de EE. UU. (2019, 2022, y en adelante hasta que a menos que vuelvas a salir) debes informar y calcular impuestos sobre tu ingreso mundial - todos los ingresos de todas partes, excepto los elementos específicamente excluidos en el Código de Rentas Internas como herencias y regalos, intereses de bonos municipales, ganancias por la venta de la residencia principal hasta un límite, condonación de préstamos estudiantiles debido al servicio público, algunas asignaciones y pagos por zona de combate para militares, etc.

Si parte de tus ingresos, normalmente ingresos extranjeros, también están sujetos a impuestos sobre ingresos extranjeros - adeudados y pagados, y no a un país sancionado por EE. UU. - puedes obtener un crédito que reduce tus impuestos estadounidenses por la cantidad de esos impuestos extranjeros hasta (pero no excediendo) la cantidad de tus impuestos estadounidenses atribuidos a esos ingresos. Consulta una visión general aquí y el formulario 1116 y sus instrucciones (vinculadas allí) y la publicación 514 (también vinculada allí). A menos que califiques para el método de minimis (menos de $300 soltero o $600 casado que presenta una declaración conjunta), los cálculos de este crédito son complicados y recomiendo encarecidamente utilizar software o un preparador (que use software); a menos que califiques para cosas como VITA o FreeFile, es posible que debas pagar por esto, en cuyo caso debes decidir si vale la pena.

Nota que debes declarar cuentas extranjeras (es decir, activos en lugar de ingresos) en la declaración de impuestos, utilizando el formulario 8938, solo por encima de un umbral significativamente más alto que el umbral FBAR de $10k. Consulta esta comparación muy útil. Dado que dices que solo estabas un poco por encima de $10k, probablemente no estés sujeto a 8938.

Creo que tienes razón en que eres elegible para el proceso simplificado (que surgió del programa original de 'divulgación voluntaria') como 'en el extranjero' (no residente) para 2020 y 2021 dentro de la ventana de 3 años (o 2021 si esperas hasta después del 15 de abril y no tienes una extensión). Aunque personalmente no estoy familiarizado con esto, diría que las declaraciones de impuestos y los FBAR para 2020 y 2021 no se requerían en primer lugar y, por lo tanto, no pueden estar pendientes o ser enmendados. (corregido) Esperaría que necesites presentar FBARs para 2019 y 2022, y (entonces) enmendar la declaración para 2022. Y por supuesto ahora necesitas presentar ambos para 2023 pero puedes hacerlo hasta octubre (presenta el formulario 4868 para la declaración de impuestos y paga si es necesario - "una extensión para presentar no es una extensión para pagar", la extensión del FBAR es automática).

Finanhelp.com

FinanHelp es una comunidad para personas con conocimientos de economía y finanzas, o quiere aprender. Puedes hacer tus propias preguntas o resolver las de los demás.

Powered by:

X