Como he insinuado en el comentario (ahora eliminado), el hecho de que no estés en la escritura significa que en realidad no tienes derecho a ninguna ganancia de la venta directamente para ti. No tienes ninguna propiedad en el inmueble.
Hay un par de posibles escenarios, ambos pueden terminar en exposición criminal (hipoteca, seguro, otros tipos de fraude, dependiendo de los documentos relevantes y declaraciones juradas firmadas).
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Eres co-dueño de la casa con la persona en la escritura. En este caso, escribe a la compañía de escrow cómo esperas que se dividan las ganancias y emitirán el 1099S basado en eso. Puede que no acepten tus instrucciones dado que el título oficial (la escritura) no está de acuerdo. "Poner tu nombre en la escritura" es una forma extraña de remediar la situación. En primer lugar, sería una venta/donación del co-propietario a ti, y habrá ramificaciones fiscales por donación. En segundo lugar, probablemente desencadenará una demanda inmediata del banco para repagar la hipoteca.
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Proporcionaste ayuda con la compra (es decir: prestaste el dinero para la cuota inicial), en cuyo caso no recibes nada de la venta de la casa, pero tienes derecho a exigir la devolución del préstamo.
Para el caso #1 - las ganancias se dividirán según la división de propiedad. Es decir, si eres igualmente propietario, recibirás una parte igual de las ganancias.
Para el caso #2 - las ganancias van al propietario, tú como prestamista recibes intereses por el dinero prestado (basado en lo que acordaste entre ustedes). Los intereses no se gravan como ganancias de capital - se gravan como ingresos regulares, en el Anexo B. Si no recibes intereses reales, se te gravará según intereses considerados basados en la AFR, y si la cantidad es lo suficientemente grande, es posible que termines siendo responsable de impuestos por donación (devolución).
En ambos casos, durante la compra alguien mintió en un formulario (muy probablemente bajo pena de perjurio). El comprador omitió mencionar la cuota inicial como una donación, o un co-propietario, en su solicitud de hipoteca (y posteriormente de seguro). No soy abogado, pero según mi conocimiento, eso es un delito grave.
Cualquier otra transferencia entre tu hija y tú probablemente se tratará como una donación, con ramificaciones fiscales por donación. Es posible que en realidad no cueste impuestos, ya que hay una exención de por vida bastante sustancial en la que ella entraría, pero al menos la declaración de impuestos por donación (formulario 709) tendría que ser presentada.
Deberías consultar con un abogado cómo proceder.