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responsabilidad del garante si se finaliza el contrato, pero los inquilinos se niegan a marcharse

Firmamos un contrato de alquiler que garantizaba la renta de nuestro hijo. Se esperaba que pagara cuando se pusiera en pie, pero no ha hecho ningún pago. Hemos pagado todas las mensualidades y quedan 2 meses de contrato.

Hemos notificado que no tenemos intención de renovar el contrato ni de seguir garantizando el alquiler una vez finalizado el contrato. Nuestro hijo indica que no se irá, que no presentará la notificación de desocupación del apartamento. El personal del piso dice que si todas las personas del contrato de alquiler no notifican que no se quedan, nos pondrán a todos en un contrato de mes a mes, y seguiremos siendo responsables del alquiler.

Cofirmamos por la duración del alquiler, no indefinidamente. Si avisamos como es debido y pagamos hasta el final del contrato, ¿cómo se nos puede responsabilizar más allá? Se trata simplemente de avisar con la debida antelación. Mi hijo no puede cumplir los requisitos de ingresos, así que ¿cómo pueden obligar a todos los titulares del contrato a continuar si otro (que no puede pagar) decide aguantar?

Vivimos en Arizona. ¿Qué podemos hacer?

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Stephen Darlington Puntos 33587

Cofirmamos por la duración del alquiler, no indefinidamente.

Tú firmaste el contrato y eres responsable de la duración del mismo. El contrato está en vigor mientras la propiedad esté en manos de tu hijo, y tal y como establece el contrato -una vez finalizado el plazo original, el plazo se renueva mensualmente a menos que se haga un nuevo contrato de arrendamiento o se desaloje la propiedad de una forma u otra-.

Si avisamos como es debido y pagamos hasta el final del contrato, ¿cómo se nos puede responsabilizar más allá?

No habéis avisado de que desalojáis la vivienda, sino de que no queréis seguir siendo avalistas. Pero el contrato, estoy seguro, no os permite dejar de ser avalistas. Seguiréis siendo avalistas mientras el contrato esté en vigor, es decir, mientras tu hijo viva allí.

Mi hijo no puede cumplir los requisitos de ingresos, así que ¿cómo pueden obligar a todos los titulares del contrato a continuar si otro (que no puede pagar) decide aguantar?

Pueden demandarte y exigirte el pago. Es probable que prevalezcan. Si tienes un patrimonio importante, les merecerá la pena ir a por ti y exigirte los honorarios del abogado, los recargos por demora, las multas y los gastos.

Vivimos en Arizona. ¿Qué podemos hacer?

Lo más obvio es que hables con tu hijo y le hagas firmar un nuevo contrato de alquiler sin tu garantía o te mudes.

En resumen: mientras tu hijo tenga la propiedad, tú pagarás su alquiler. Eso es lo que has firmado. El propietario no tiene ningún motivo para desahuciar a tu hijo, y si dejas de pagar el propietario con toda probabilidad vendrá a por ti.

No soy abogado, así que obviamente deberías intentar buscar un abogado que pueda encontrar alguna laguna en el contrato de alquiler y librarte de ella. Sin embargo, eso puede acabar siendo difícil.

Puede que acabes teniendo que demandar a tu propio hijo.

7voto

Alex Papadimoulis Puntos 168

El final del contrato de alquiler siempre es un momento confuso. En algunos casos, el contrato se prorroga automáticamente un año más, a menos que una de las partes notifique su decisión de no renovarlo. En otros casos, el contrato pasa a ser mensual. También es posible que el arrendador pueda cambiar las tarifas en el momento de la conversión en función del preaviso que presente.

Fui al estado de Arizona para ver lo que su El Manual de derechos y deberes del inquilino dice ,

Notificación de no renovación (Para más información, véase A.R.S. § 33-1375)

A. Usted o su arrendador pueden decidir no renovar el contrato de alquiler; no motivo es necesario.

B. Si tiene un contrato de alquiler por escrito debe consultarlo para saber cómo y cuándo notificar al propietario notificación de que no tiene previsto renovar el contrato de alquiler. Algunos contratos pueden renovarse automáticamente o convertirse en contratos de alquiler mes a mes mes a mes si no lo notifica. Si no tiene un contrato de alquiler por escrito, o si su contrato de alquiler no le lo que debe hacer, lo mejor es avisar con un mínimo de 30 días de antelación, tal y como se describe a continuación. como se describe a continuación.

C. Si su contrato de alquiler es mensual, para rescindir su contrato de alquiler, usted o el arrendador deben dar a la notificación por escrito al menos treinta (30) días antes de que finalice el último último mes en el que tenga previsto vivir en la vivienda. Esto significa que debe preaviso el mes anterior al mes en que desea marcharse.

  • Es decir que no puede planear mudarse el mismo mes en que da el preaviso. Por ejemplo, si normalmente paga el alquiler el primer día del mes y quiere mudarse a finales de mayo, debe avisar al propietario con 30 días de antelación. 30 días antes del 1 de mayo. Si no avisa hasta el 1 de mayo o después de mayo o después, el contrato de alquiler no finalizará hasta finales de junio. de junio y tendrás que pagar el alquiler de junio.

Así que sí permite la conversión a mes a mes o a otro año.

Deberías alegrarte de que pasara a ser mes a mes.

Según varias secciones del manual, esto es lo que ocurrirá:

I. Infracciones del contrato de alquiler (Para más información, véase A.R.S. § 33-1368) A. No pagar el alquiler. (Para más información, véase A.R.S. § 33-1368(B))

  1. Si no paga el alquiler a su vencimiento, el propietario puede enviarle una notificación por escrito en la que le explique el importe del alquiler y los recargos por demora que debe, y que su contrato de alquiler finalizará si no paga en un plazo de cinco días.
  2. Usted tiene derecho a restablecer su contrato de alquiler en cualquier momento antes de que el arrendador presente la demanda ante el tribunal, pagando el alquiler impagado y los atrasos. a. El arrendador sólo puede cobrar recargos por demora si están incluidos en el contrato de alquiler. en su contrato de alquiler. b. Si llega a un acuerdo con el propietario, asegúrese de asegúrese de obtener un recibo de pago que demuestre que no debe dinero adicional.
  3. Si no paga el importe total del alquiler y los recargos por demora en un plazo de cinco días, el propietario puede solicitar judicialmente su desahucio.

C. Si el arrendador presenta una demanda de desahucio contra usted, recibirá recibirá documentos judiciales que le indicarán cuándo tiene que comparecer ante el tribunal. La fecha del juicio en La fecha del juicio será generalmente entre tres y seis días, a menos que el que el desahucio se base en un incumplimiento material e irreparable del contrato de en cuyo caso la fecha del juicio será inferior a tres días.


V. El arrendador tiene derecho a la unidad de alquiler.

A. Si pierdes en el juicio, el juez le dará cinco días naturales para mudarse. Pero, si desalojado debido a un incumplimiento material e irreparable, el juez sólo le dará de doce (12) a veinticuatro (24) horas para mudarse.

B. Si usted no se ha mudado al final del plazo fijado por el juez, el propietario puede obtener una Orden Judicial de Restitución. Se trata de una para que el sheriff o el alguacil cambien las cerraduras de la vivienda alquilada. alquiler. Volver a la vivienda alquilada sin permiso del propietario es allanamiento de morada.

C. Si deja objetos personales en la vivienda después de de que se le haya cerrado la puerta tras una orden de restitución, su propietario debe almacenar sus pertenencias durante catorce (14) días. El propietario de El arrendador no está obligado a almacenar sus artículos perecederos, plantas y animales. animales. El propietario puede tirar los artículos perecederos. Los animales deben ser llevados a un refugio, a un centro de acogida, ser cuidados por el propietario, o éste puede llamar a control de animales. El propietario debe informarle del lugar en el que se encuentran sus pertenencias. Transcurridos 14 días, el Después de 14 días, el propietario puede donar sus pertenencias a una organización benéfica o venderlas. caritativa o venderlos. El propietario puede deshacerse de de su propiedad personal si determina razonablemente que el valor es tan bajo que el coste de trasladar, almacenar y vender la propiedad es superior a la cantidad que se recibiría en una venta. Si el propietario vende sus bienes, puede aplicar el dinero recibido recibido a cualquier alquiler o dinero adeudado. A continuación, debe enviarle por correo a su última dirección conocida.

D. Recuperación de bienes (véase ARS §33-1370(F))

  1. Puede obtener inmediatamente ropa, herramientas o libros de su oficio o profesión, junto con cualquier documento de identificación o financiero, incluidos los relacionados con su situación de inmigración, empleo empleo, asistencia pública o atención médica.
  2. Para recuperar el resto de su propiedad, sólo tiene que pagar al arrendador los gastos de traslado y almacenamiento durante el tiempo que la propiedad esté retenida en poder del propietario. No tiene que pagar el importe de la sentencia. Tendrá que Tendrá que ponerse en contacto con el propietario por escrito para acordar una hora de recogida de los bienes y pagar las tasas y el depósito. recoger su propiedad y pagar esas tasas y, a continuación, recoger su propiedad y pagar las tasas en un plazo de cinco (5) días a partir de la oferta por escrito.

Parece que el plazo hasta el desalojo podría ser rápido. Podría ser peor porque el propietario podría haber ido a por los 12 meses de alquiler si el contrato se hubiera convertido en un contrato anual. Por supuesto, si hay retrasos en la obtención de una fecha de corte, y el escrito de la cantidad adeudada podría crecer.

Puede que tengas que explicárselo a tu hijo para que sepa que en poco tiempo sus cosas podrían desaparecer.

5voto

jrlevine Puntos 91

En caso de apuro, deberías poder acudir al juzgado ahora mismo y presentar una demanda para que te liberen de las obligaciones de avalista y/o desahuciar a tu hijo.

Eso sólo sería su casus belli por supuesto; el verdadero efecto (y digna intención) sería poner todo el asunto ante el tribunal. El propietario responderá, por supuesto; y el niño puede o no hacerlo. Desde luego, el tribunal no te desvinculará de tus obligaciones como avalista, pero establecería los papeles y las consecuencias para todas las partes.

Tu hijo lo apreciará mucho menos que el casero... pero a la larga puede ser una bondad, ya que así el niño tendría una hoja de ruta de lo que pasará después. (También se le sacará de la cabeza cualquier pensamiento mágico que pueda estar sufriendo). Si tanto desean quedarse con la vivienda, pueden redirigir sus fondos en consecuencia, o pueden hacer otros planes para una mudanza ordenada.

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grieve Puntos 692

Otros han abordado las cuestiones jurídicas y de arrendamiento. Es probable que no tengas forma de salirte del contrato por tu cuenta, pero probablemente merezca la pena hablar con un abogado para estar seguros.

Suponiendo que esas respuestas sean correctas, una opción que no he visto que planteen otras personas es llegar a un acuerdo del tipo pago por llaves con tu hijo. Efectivamente, usted es el propietario con un inquilino moroso. Pagarle de 1 a 3 meses de alquiler para que se mude podría ser una mejor opción financiera que una demanda o un desahucio, ya que ambos van a costar bastante dinero. Antes de pagarle, asegúrese de que se ha ido y, a partir de ahí, podría ser complicado.

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