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¿Están exentos del límite máximo de recursos del SSI los fideicomisos financieros o las inversiones en criptomoneda?

Como beneficiario del SSI, no se me permite superar un límite máximo de recursos de 2000 $.

La definición de "recursos" de la SSA es vaga, pero se trata básicamente de activos líquidos, entre los que se incluyen: cuentas bancarias, acciones, fondos de inversión, bonos de ahorro, terrenos, vehículos y seguros de vida.

Se prevén excepciones en el caso de una vivienda que sea residencia del beneficiario, un vehículo que esté en uso activo, espacios funerarios, etc.

Pero, ¿qué ocurre con activos como las criptomonedas o los fideicomisos financieros? ¿Están exentos de esta política?

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Grzenio Puntos 16802

Las criptomonedas estarían incluidas casi con toda seguridad. El sitio SSA enumera los recursos que se incluyen, de los cuales uno es:

Cualquier otra cosa que posea y que pueda convertir en dinero en efectivo y utilizar para alimentos o alojamiento.

Hay exenciones para tu casa y un coche para que tus necesidades vitales no se vean afectadas negativamente; no se me ocurre ninguna razón por la que el cripto estaría exento por esos motivos.

Fideicomisos suelen incluirse si usted tiene acceso a los recursos que contienen, o si el fideicomiso se constituyó con una finalidad especial, como un fideicomiso para necesidades especiales o para discapacitados.

El principio es que, si puedes venderlo o acceder al efectivo, se reduce tu necesidad y, por tanto, tu beneficio.

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