Como beneficiario del SSI, no se me permite superar un límite máximo de recursos de 2000 $.
La definición de "recursos" de la SSA es vaga, pero se trata básicamente de activos líquidos, entre los que se incluyen: cuentas bancarias, acciones, fondos de inversión, bonos de ahorro, terrenos, vehículos y seguros de vida.
Se prevén excepciones en el caso de una vivienda que sea residencia del beneficiario, un vehículo que esté en uso activo, espacios funerarios, etc.
Pero, ¿qué ocurre con activos como las criptomonedas o los fideicomisos financieros? ¿Están exentos de esta política?