Disculpe si es una pregunta tonta. Soy bastante ingenuo en materia de impuestos.
Tengo doble nacionalidad, estadounidense y británica. Mi esposa es ciudadana británica. Residimos en el Reino Unido.
Mi madre es ciudadana estadounidense y reside en Estados Unidos (California). Se acerca el final de su vida y estoy intentando poner en orden sus asuntos.
Ella tiene un fideicomiso en vida y yo soy el fideicomisario.
También tiene testamento y yo soy el albacea. Soy hijo único.
Es propietaria absoluta de su casa. Supongo que vale alrededor de $ 400K.
Por el momento, el título de propiedad de su casa es propiedad conjunta entre mi madre, yo y mi esposa. Así ha sido (sin que nosotros lo supiéramos) durante los últimos 15 años.
Muchas personas han recomendado transferir el título al fideicomiso.
Sin embargo, ¿existen implicaciones fiscales por asumir la propiedad de la vivienda -y posteriormente venderla lo antes posible- al figurar en el título de propiedad frente a al incluirla en el fideicomiso?
Como mínimo, creo que deberíamos retirar a mi esposa del título porque su condición de no ciudadana estadounidense sólo puede complicar las cosas.
Alguien más me lo dijo:
Recomiendo encarecidamente retitular la casa de los tres a sólo tu madre y / o el fideicomiso. La razón es que, cuando la vendas, si ella es la única que figura en el título, obtendrás un incremento en la base al valor justo de mercado en la fecha de su fallecimiento. Entonces, cuando lo vendas, tendrás una ganancia o una pérdida, dependiendo de si aumenta de valor después de que ella fallezca y antes de que lo vendas. Sin embargo, si los tres figuráis en el título de propiedad, sólo podréis elevar su tercio de la propiedad al valor razonable de mercado. Por supuesto, el hecho de que los dos le devolváis la titularidad se considera un regalo de los dos. Dicho esto, la actual exención de donaciones y sucesiones de por vida es de 1.000 euros. $12,920,000 each or $ 25.840.000 para los dos... pero habrá que presentar una declaración del impuesto sobre donaciones, ya que se superará con creces la exención anual de 34.000 dólares.
No lo entiendo del todo. Parece que recomiendan transferir el título al fideicomiso, a mí y a mi madre, o sólo a mi madre. Pero aún no sé cuál de esas tres opciones es la mejor.
Gracias por su tiempo y su ayuda.